NOTA
Presentación
Marcelo Alegre
Julio Montero
Es un alto privilegio el dirigir esta obra dedicada a la relevancia
actual del pensamiento de Carlos Santiago Nino, como parte de la revista
Análisis Filosófico de SADAF.
Carlos Nino fue uno de los primeros socios de SADAF, la "universidad de las catacumbas" según Diana Maffía. En los años
oscurísimos del gobierno militar, SADAF fue uno de los refugios donde
se desarrollaba el pensamiento analítico y donde se pensaban los derechos
humanos, la democracia y, luego, los desafíos de la transición. De allí y
otros espacios similares surgió la matriz liberal, siempre en riesgo, de una
democracia pacífica, no violenta, plural y principista.
Fue en SADAF –y más específicamente en el marco de su maestría
en Filosofía organizada en los años finales de la dictadura– que Nino dictó sus clases sobre filosofía moral, política y jurídica, desgrabadas y
publicadas recientemente, gracias a la generosidad de la querida Susana
Nino y sus hijos.1
La influencia actual del pensamiento de Carlos Nino es insoslayable.
Una rápida búsqueda por internet nos informa que su nombre aparece citado
dos o tres veces por semana en Google Scholar, una vez al mes en uno de
los tres grandes diarios de la Argentina (la mayoría de las referencias, en
este caso y previsiblemente, son a Un país al margen de la ley2), y una vez
al año en algún fallo importante de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación. En los tres casos la frecuencia con que se cita su obra es creciente,
lo que atestigua su vigencia simultánea en el mundo de la academia global,
del debate público nacional y de las altas discusiones constitucionales.
Vale la pena detenernos un instante en la penetración que los
aportes de Nino han tenido en las decisiones de la Corte Suprema durante
este siglo. Una primera observación: tal vez sirva como póstuma
reparación de la indiferencia con que el mundillo local del derecho penal
recibió sus ideas en vida, el hecho de que la obra de Nino sea
recurrentemente citada en fallos relacionados con el derecho penal.
Muchas de estas citas apuntan a ideas de Nino en materia filosófica
o constitucional. En el caso "Massera" de 15/04/2004, el voto de Fayt recurre a la definición de una afirmación dogmática dada en el libro
Introducción al análisis del derecho3; en "Arancibia Clavel" del
24/08/2004, el voto de Maqueda remite a la fundamentación de los
derechos humanos formulada en Ética y derechos humanos; en "Simón" del 14/06/2005, la disidencia de Fayt hace referencia a la reconstrucción
histórica hecha por Nino en su obra Juicio al mal absoluto4; en el caso "Maldonado" de 07/12/2005, Fayt recurre en su voto a la definición de "afirmación dogmática" del libro de Nino Introducción al análisis del
derecho5; en "Arriola" del 25/08/2009, tanto el voto de Lorenzetti como el
de Argibay remiten a sus ideas sobre la autonomía publicadas en el libro
Fundamentos de derecho constitucional6; en el famoso caso "Fal" del
13/3/2012, los magistrados se apoyan en las ideas liberales de Nino sobre
el aborto, con cita a sus libros Ética y derechos humanos7 de 1984 y La
legítima defensa8 de 1982; y en el controvertido caso "Clarín" del
29/10/2013, la mayoría remite a la noción de "voces plurales" plasmada
en La constitución de la democracia deliberativa9.
Pero además buena parte de las citas de la Corte hacen referencia
a sus ideas penales. Por ejemplo, en "Arla Pita", del 31/10/2002, Petracchi
recoge, en su voto en disidencia, las nociones de Nino sobre concursos de
delitos del libro de 1972, El concurso en el derecho penal10; en "Telleldin",
del 27/05/2009, la mayoría adhiere a la exigencia defendida por Nino de
separar las facultades investigativas y de protección de garantías en el
proceso penal, con cita a Fundamentos de derecho constitucional11; en"Branchessi" de 23/03/2010, Zaffaroni endosa, en su disidencia, el principio
de "enantiotelidad", según el cual "de la misma forma que una acción no
debe ser penada si no produce el daño o peligro que la ley trata de impedir,
ella no debe ser penada en el mismo grado que una acción cuyo resultado
sea más dañoso, según la escala de daños y riesgos que se adopte", citando
Los límites de la responsabilidad penal12.
Este rango amplísimo de problemas abarcados por las reflexiones
de Nino que se observa en las referencias hechas por nuestro Alto Tribunal se reproduce en el ámbito de la enseñanza universitaria. Las obras de
Nino son referencia obligada en las facultades de Derecho, Filosofía, y
Ciencias Políticas en todo el mundo. Y restringiéndonos al ámbito del
Derecho, sus textos son utilizados ampliamente en muchos cursos
diferentes, desde la filosofía del derecho al derecho constitucional, y desde
el derecho penal al derecho internacional.
La diversidad de los trabajos reunidos en los dos números que
componen el presente volumen brinda testimonio de la gran variedad
de temas abordados por Nino así como de la coherencia y unidad de su
obra. El primer grupo de trabajos, reunidos bajo el título "Filosofía
moral y política" en el primero de los dos números, discute las tesis
fundamentales de Nino en materia de igualdad, autonomía y
democracia. Silvina Álvarez aspira a completar la concepción de la
autonomía personal adoptada por Nino, explorando las condiciones
sociales que hacen posible su ejercicio. Desde su perspectiva, la
autonomía no consiste simplemente en la capacidad de un agente
racional de definir preferencias y actuar de acuerdo con ellas, sino que
requiere además que las personas dispongan de opciones relevantes a
la hora de tomar sus decisiones. Olof Page examina la concepción de
la persona moral elaborada por Nino y su estrategia para fundamentar los derechos morales básicos, argumentando que esta tropieza con
algunas dificultades difíciles de superar. Por su parte, Mariano Garreta
Leclercq cuestiona la justificación de la democracia elaborada por Nino,
proponiendo una concepción alternativa que deriva su valor, no de sus
supuestas virtudes epistémicas, sino de consideraciones morales
relativas a la igualdad de los ciudadanos/as y la legitimidad política.
Finalmente, Martín Oliveira ataca uno de los pilares fundamentales
de la filosofía política de Nino, alegando que, lejos de articular un
liberalismo genuinamente antiperfeccionista, su rechazo del
comunitarismo lo impulsa a comprometerse con una doctrina
comprehensiva del bien ligada al ideal de autorrealización autónoma.
El segundo grupo de trabajos reunidos en el primer número
examina críticamente las principales contribuciones de Nino en el campo
de la filosofía del derecho. Ricardo Caracciolo discute el argumento de Nino
sobre las razones que podríamos tener para obedecer el derecho. Juan José Moreso cuestiona el análisis del concepto de derecho que Nino propuso
para saldar definitivamente el debate entre positivismo, iusnaturalismo
e interpretivismo. Su argumento es que, contrariamente a lo que Nino
parecía suponer, la dimensión social de las prácticas sociales no puede
ser legítimamente desgajada de su dimensión normativa, ni siquiera en el plano del análisis. Por último, volviendo sobre uno de los aspectos más discutidos de la teoría de Nino, Ezequiel Monti sostiene que las virtudes
epistémicas de la democracia no permiten superar la paradoja de la
superfluidad del derecho, ya que el hecho de que la autoridad disponga
de una acceso privilegiado a la verdad moral no necesariamente ofrece
razones para actuar de acuerdo con sus directivas.
El primer grupo de trabajos correspondientes al segundo número
de este volumen aborda el candente asunto del reproche penal y la
legitimidad del castigo en sociedades parcialmente injustas. La sección
se inicia con un artículo en el que Eduardo Rivera López analiza la
relación que existe entre justicia social y legitimidad del castigo de acuerdo
con las principales concepciones sobre la justificación de la pena,
extrayendo algunas conclusiones preliminares para la elaboración de una
posición definitiva. Roberto Gargarella revisa la teoría penal elaborada
por Nino durante su estadía en oxford a la luz de sus contribuciones
posteriores en materia de democracia deliberativa, comparando las
normas de amnistía adoptadas en Argentina y Uruguay en beneficio de
los represores. A su vez, Hernán Bouvier evalúa las tesis de Nino sobre
la legítima defensa, proponiendo una recategorización de varios
conceptos clave a fin de superar ciertas consecuencias contraintuitivas
que su planteo genera. Finalmente, Gustavo Beade ataca la teoría del
castigo propuesta por Nino en sus últimos trabajos, mostrando que,
contrariamente a lo que Nino suponía, no hay un vínculo conceptual
necesario entre retribucionismo y perfeccionismo moral.
El segundo número culmina con una sección compuesta por
artículos que pretenden completar la teoría de Nino, proyectándola sobre
asuntos que él mismo no abordó de manera explícita. Gustavo Maurino
indaga las tesis de Nino sobre control judicial de constitucionalidad y
sugiere que este dispositivo institucional solo es consistente con un
régimen democrático cuando se abstiene de pronunciarse sobre el
contenido de los derechos, incluidos aquellos que hacen posible el debate
mismo. Florencia Saulino explora problemas relacionados con los derechos
ambientales y su titularidad, examinando la elusiva noción de "derechos
colectivos". Por último, en el marco de las discusiones actuales sobre
democracia global, Nahuel Maisley se propone aplicar las tesis
fundamentales de Nino al ámbito del derecho internacional, estudiando
las condiciones que las instituciones internacionales deberían cumplir
para que sus regulaciones fueran plenamente legítimas.
Como todos aquellos que han conocido a Nino en persona o a través
de su obra saben, no hay mejor forma de homenajearlo que discutiendo
y desafiando sus ideas. El espíritu crítico era para él la mayor virtud de
un académico y un intelectual. Por eso queremos agradecer a quienes generosamente participaron de este volumen, por contribuir a mantener
vivo su legado.
1 Nino (2013).
2 Nino (1992a).
3 Nino (1988).
4 Nino (1997a).
5 Nino (1988).
6 Nino (1992a).
7 Nino (1984).
8 Nino (1982).
9 Nino (1997a).
10 Nino (1972).
11 Nino (1992a).
12 Nino (2006, p. 434).
Bibliografía
1. Nino, C. S. (1972), El concurso en el derecho penal, Buenos Aires, Astrea.
2. Nino, C. S. (1982), La legítima defensa: Fundamentación y régimen jurídico, Buenos Aires, Astrea.
3. Nino, C. S. (1984), Ética y derechos humanos, Buenos Aires, Paidós.
4. Nino, C. S. (1988), Introducción al análisis del derecho, Buenos Aires, Astrea.
5. Nino, C. S. (1992a), Fundamentos de derecho constitucional, Buenos Aires, Astrea.
6. Nino, C. S. (1992b), Un país al margen de la ley, Ariel.
7. Nino, C. S. (1997a), La constitución de la democracia deliberativa, Barcelona, Gedisa.
8. Nino, C. S. (1997b), Juicio al mal absoluto, Ariel.
9. Nino, C. S. (2006), Los límites de la responsabilidad penal: Una teoría liberal del delito, Buenos Aires, Astrea.
10. Nino, C. S. (2013), Ocho lecciones sobre ética y derecho: Para pensar la democracia, Buenos Aires, Siglo XXI.