ARTICULOS
Esclavos sin esclavismo: la inestabilidad de la explotación servil en el reino burgundio
Pablo Sarachu
[Universidad Nacional de La Plata]
Resumen: En este artículo se analiza la esclavitud en el reino burgundio. Más precisamente, se propone que a pesar de las evidencias acerca de la existencia de un importante número de esclavos, no es apropiado sostener la tesis de la pervivencia de un régimen esclavista estable para la región y el período examinados. El trabajo se fundamenta principalmente en el análisis de fuentes legislativas.
Palabras clave: Esclavos; Campesinos; Leyes; Reino burgundio; Temprana Edad Media.
Slaves without slavery: the instability of servile exploitation in the Burgundian kingdom
Abstract: This article examines slavery in the Burgundian kingdom. More precisely, it is suggested that despite the evidence of the existence of a large amount of slaves it is not appropriate to support the thesis of the survival of a stable slavery system in the region and period under study. The work is based primarily on the analysis of legislative sources.
Key words: Slaves; Peasants; Laws; Burgundian kingdom; Early Middle Ages.
Introducción
Durante buena parte
del siglo pasado
el estudio de la
historia social
tardorromana y
temprano medieval
estuvo hegemonizado
por la
idea de que los códigos de leyes contenían
información descriptiva acerca
de las sociedades que reglamentaban.
Su utilización como fuente era hasta
cierto punto un recurso impuesto por
la escasez de documentación escrita
alternativa apropiada y el grado insuficiente de desarrollo de los estudios
arqueológicos. Para el caso de los primeros
reinos germánicos, la existencia
de cuerpos legales en diversos estados
permitía además ordenar una comparación
interregional que de otro modo
resultaba difícil. Sin embargo, investigadores
posteriores señalaron atinadamente
dos críticas a los defensores de este enfoque: por un lado, que la legislación
no describía la sociedad, sino
que actuaba normativamente sobre
ella; por otro, que existían testimonios
escritos sobre prácticas concretas que
revelaban un universo no iluminado
por los códigos1.
Ahora bien, la primera de estas
observaciones no debería constituirse
en óbice para la utilización de las leyes
como fuente para la historia social. Las
normas se establecen con el propósito
de operar sobre una realidad concreta;
es decir, no son construcción
imaginaria ex nihilo de los legisladores.
El desafío se halla en todo caso
en intentar reconstruir en la medida
de lo posible esa realidad que nos ha
llegado interesadamente mediada.
Para ello se impone una metodología
en la que el examen de la legislación
se combine con el de otras fuentes,
principalmente aquellos escritos que
documentan prácticas sociales concretas
y los datos provenientes del registro
arqueológico (en la actualidad mucho
más abundantes y más adecuadamente
interpretados que hace 20 o 30 años).
Teniendo en cuenta estas consideraciones,
analizaremos la esclavitud en
el reino burgundio, fundamentalmente
a través del Liber Constitutionem y las Constitutiones Extravagantes (en adelante LC y CE respectivamente). Entendemos
que hay datos en este cuerpo de
leyes que permiten apoyar la tesis de
que hacia fines del siglo V y comienzos
del siguiente estaba consolidándose la formación de una 'sociedad de base
campesina' a partir de la crisis del
orden social antiguo, un proceso que
favorecía la rebeldía de los esclavos y a
la vez era alimentado por ella2.
El reino burgundio
Los burgundios se asentaron en
el año 442 o 443 en Sapaudia, al
norte del lago Lemán, merced a
un tratado establecido con el general
Aecio con posterioridad a la durísima
derrota que años antes sufrieran a
manos de los hunos, que por aquellos
tiempos colaboraban con los romanos.
Se dispuso un reparto de tierras
con los locales a tal efecto, pero esto
no detuvo la voluntad de los germanos
de extender su radio de acción.
Un paso en tal sentido lo dieron en
la década de 450, cuando Roma les
concedió tierras en el valle central del
Ródano en virtud de su mutua alianza
militar.
En el último cuarto del siglo V,
desmembrado ya el orden imperial, se
produjo un conflicto de poder entre
los hijos del rey burgundio Gundioc
con motivo de su sucesión. Finalmente
prevaleció Gundobado, quien gobernaría
hasta su muerte en el año 516.
En ese período el reino alcanzó probablemente
su máxima extensión. Se
prolongó en dirección noroeste hasta
Langres y limitó hacia el noreste con
las montañas del Jura y al este con los
Alpes. Su frontera occidental llegó a las tierras del valle del Ródano y el curso
superior del Loira y hacia el sur a Provenza
(aunque esta se perdió a manos
de los ostrogodos hacia los años 508-511). No obstante, la historia formalmente
independiente del reino sería
breve. En 524, durante el gobierno de
Sigismundo, hijo de Gundobado, los
burgundios sufrieron una importante
derrota frente a los francos y pese a que
su hermano Godomar logró recuperar
las riendas del estado, el ataque se
renovó años más tarde. La conquista
definitiva se produjo en 534 (e. g. Favrod 1997).
El LC fue promulgado durante
el reinado de Sigismundo, aunque
la mayor parte de las leyes incluidas
en él fueron sancionadas durante el
gobierno de su padre. Para mayor precisión,
el código podría dividirse cronológicamente
de la siguiente forma:
los títulos 2-41 contendrían leyes de
los años 483-501, mientras que las disposiciones
comprendidas en los títulos
42-88 datarían del período 501-517, es
decir de la última etapa del gobierno
de Gundobado y el primer año del de
su hijo. Finalmente, la tercera parte del LC (títulos 89-105) y las CE se remontarían
al reinado de Godomar o incluso
a los años posteriores a la conquista de
los francos, aunque cabe aclarar que
algunas disposiciones de este grupo
tendrían una redacción anterior (e. g.
CE, 19 y 20). El objetivo de esta tercera
etapa parece haber sido en cualquier
caso el de establecer adiciones a
leyes anteriores (de allí la referencia de
algunos estudiosos a ellas como additamenta)
(Fischer Drew 1972: 6-8).
En cuanto a las características
internas del código, debe señalarse en
primer lugar que sus normas se establecieron
para regular no solo las relaciones
de los propios burgundios (y de
otros germanos) entre sí, sino también
entre estos y los romanos, pues los conflictos que involucraban únicamente a
los últimos se dirimían por medio de
la Lex romana burgundionum. En cambio,
las disposiciones del LC y de las
CE que atañían específicamente a las
acciones que debían llevarse adelante
desde las distintas esferas del estado
regían tanto sobre los funcionarios
burgundios como sobre los romanos
(Charles-Edward 2000: 284).
En segundo lugar, es preciso indicar
que sus normas contienen, en general,
escasas opiniones de los juristas o
casos que sirvan como precedente a
las mismas, características ambas que
lamentablemente empobrecen su utilización
como fuente para la historia
social3. Finalmente, excepción hecha
de las que se establecieron específicamente
para los funcionarios, las leyes
solo intentaban reglamentar las relaciones
personales entre individuos.
La aparente pervivencia de las estructuras sociales antiguas
En las últimas décadas han ido
tomado fuerza dentro de los
estudios sobre la temprana Edad
Media las posturas que destacan las continuidades socioeconómicas y
sociopolíticas con el período anterior.
Tiende así a considerarse a los
primeros reinos romano-germánicos
establecidos en las antiguas provincias
de Occidente como ejemplos
más o menos exitosos de estructuras
burocráticas moldeadas según los
parámetros de su antecesor. El único
caso que unánimemente parece quedar
excluido de tal caracterización es
el de Britania4.
Frente a estas valoraciones, distintos
historiadores se han esforzado por
restituir una explicación rupturista sin
caer en las viejas ideas catastrofistas
de que con la llegada de los bárbaros
Europa habría entrado en una era milenaria
de oscuridad. Pero estas críticas
han hecho hincapié en el terreno de la
historia político-social5. En cuanto a la
estructura socioeconómica, un tema
de estudio que no goza actualmente
del beneficio de la moda en el ambiente
académico, la idea de una continuidad
de la realidad heredada desde el
período tardorromano parece aún
más fuerte. Se considera que dentro
del ámbito de la Europa mediterránea
siguió existiendo una fuerte polarización
en el control de la propiedad de
la tierra, en manos ahora de las nuevas clases dirigentes (i. e. los guerreros
germanos y sus reyes, la antigua aristocracia
romana y la iglesia cristiana).
En el otro polo de la jerarquía social
se habrían encontrado los coloni y los
servi, campesinos con un status legal
diferente pero emparejados en una
situación de dependencia económica
del señor cuya tierra producían. Reducido
a una mínima expresión se hallaría
el campesinado independiente6.
Este panorama sucintamente descrito
se aplica en términos generales al
caso burgundio, aunque debe aclararse
que no han sido abordados los aspectos
socioeconómicos de este reino más que
en el marco de análisis más globales.
La esclavitud
Uno de los primeros historiadores
que llamó la atención con respecto
a la enorme cantidad de servi que se percibían en las fuentes
de la temprana Edad Media fue Marc
Bloch (1989), quien además destacó la importancia de su explotación
como mano de obra rural. Pero si bien
es posible remontar a un artículo de la
década del 40 del siglo pasado la primera
argumentación sólida en el sentido
de una pervivencia generalizada
de la esclavitud durante los reinos
romano-germánicos, la tesis tradicional de la decadencia de dicha institución
continuó siendo hegemónica
en la historiografía por unas cuantas
décadas más7. Sería Pierre Bonnassie
(1991) quien finalmente contribuyera
más fuertemente a consolidar la idea
de persistencia del esclavismo antiguo.
Su tesis aparece rigurosamente sintetizada
en un artículo cuya crítica nos
servirá tanto para exponer los lineamientos
centrales de las concepciones
continuistas como para abordar los
límites y potencialidades del uso de
las fuentes legales para el estudio de
la historia social temprano medieval
en general y para el de la esclavitud en
particular.
Siguiendo los lineamientos trazados
por el cofundador de Annales, Bonnassie
constata un recrudecimiento
del número de esclavos en Occidente
durante los siglos V-VII, producto
en gran medida de la inestabilidad
político-militar de fines de la época
imperial y de los comienzos de la Edad
Media. Las guerras endémicas incrementaban
constantemente una masa de
cautivos que luego se explotaba como
mano de obra servil. Para el caso galo,
esta realidad se verifica palmariamente
en los escritos de Gregorio de Tours,
quien da cuenta de que la búsqueda de
esclavos era uno de los móviles de la
guerra (Diez libros de historia, 3. 11, 3.
13, 4. 49, 9. 7, 9. 24). La captura en este
período cobró incluso mayores dimensiones
que en la época antigua, pero a diferencia de esta, su radio de acción
fue local, lo que a la larga tendría consecuencias
sociales importantes según
Bonnassie8. En efecto, la pretensión
por parte de los sectores dominantes
-evidenciada en la legislación- de
considerar al servus como un ser desprovisto
de derechos y asimilable a un
animal, habría encontrado obstáculos
crecientes en una sociedad conformada
por esclavos provenientes de regiones
vecinas. A ello debería agregarse, en su
opinión, la progresiva cristianización
de las masas rurales, que habría contribuido
a poner en entredicho el 'consenso'
en la institución, un argumento
que ya había sostenido Bloch (1989:
174-176). Aparecía así una atmósfera
propicia para la 'decadencia' del sistema,
que para Bonnassie no habría
comenzado sino hacia finales del siglo
VII o comienzos del VIII, en un contexto
de crecimiento económico y de
incremento de la conflictividad social.
Finalmente, no habría sido ajena a todo
el proceso, en su criterio, cierta 'elección'
económica de los amos, en favor
del establecimiento de los esclavos en
tierras individuales a modo de tenentes,
incluso, en algunos casos, manumisión
mediante (Bonnassie 1991: 14-66)9.
Nuestro interés no se encuentra
en esta supuesta decadencia, sino en
la idea misma de una pervivencia del
sistema esclavista durante los siglos
VI-VII en el Occidente europeo, y
concretamente en el reino burgundio.
Prescindiremos aquí de la utilización
del concepto de 'modo de producción
esclavista' para la sociedad romana
antigua, algo que, por otro lado,
ha sido puesto seriamente en duda
recientemente (García Mac Gaw
2006). Si bien Bonnassie plantea que
el período comprendido grosso modo entre los años 300-1000 constituye
una larga decadencia de la institución
que estamos estudiando, no duda en
afirmar que "[e]l régimen esclavista es
restaurado con más firmeza que nunca
por las monarquías bárbaras" y que los
siglos VI y VII "representan entonces
la época de máxima difusión de la
institución esclavista en Europa occidental" (Bonnassie 1991: 67-68). En
nuestra opinión, a pesar de la numerosa
cantidad de servi que sabemos
que existían a partir de las distintas
fuentes, sería incorrecto afirmar que
en el período post-romano se desarrolló una explotación sistemática y
estable de esta mano de obra. En otras
palabras, hubo esclavos pero no esclavismo.
En este sentido, si el cristianismo
favoreció una transformación
de la autopercepción del esclavo y de la
que los otros tenían de él, y si el ámbito
geográfico de captura de esclavos tendió a ser el mismo que el de su posterior
radicación, ambos fenómenos
deberían entenderse como procesos
coadyuvantes en la desestructuración
de un sistema que de cualquier forma
se había iniciado antes.
Una sociedad de base campesina
Chris Wickham (2005) ha propuesto
recientemente un nuevo
marco para la comprensión
del período temprano medieval en
un excepcional trabajo comparativo
sobre diez grandes regiones europeas
y mediterráneas. En su opinión,
el desarrollo general de la geografía
comprendida dentro del antiguo
Imperio Romano de Occidente habría
tendido primero a la contracción,
como producto de la crisis del estado
antiguo, y luego al crecimiento, gracias
a la 'reemergencia' de relaciones
feudales de producción10. Con todo,
insiste en los matices en el grado de
impacto y en los ritmos de estos procesos
según las regiones (e incluso las
micro-regiones)11.
Entre el período de retracción y el
de la mencionada 'reemergencia', Wickham
postula la presencia destacada
de un 'modo de producción campesino'. Este concepto refiere a sociedades en
las que -como otras- impera una lógica
de producción centrada en el hogar de
la familia nuclear campesina, en la que
los productores tienden a procurarse lo
estrictamente necesario para su reproducción
y para el mantenimiento de
sus relaciones con el mundo ajeno a la
casa. Pero estas últimas se desarrollan
según las reglas del don y el contradón,
tanto en sentido horizontal (entre
las células campesinas) como vertical
(con los sectores no campesinos). Es
decir que predomina este modo de
producción cuando se obstaculiza el
establecimiento de lazos de dominación
estables, tanto en el interior del
universo campesino como entre este
y el mundo externo (Wickham 2005:
536-550).
Sin embargo, Wickham sugiere
de algún modo un tratamiento excepcional
para la Galia meridional, al
sostener que sus aristocracias habrían
conservado intactas las enormes riquezas
de la época tardorromana durante
el período merovingio, destacándose
así de sus pares europeas (Wickham
2005: 169-203)12. En nuestra opinión,
en cambio, lo que se produjo en la
región desde al menos c. 450 fue una
crisis del orden antiguo que posibilitó
a su vez la expansión progresiva de un
modo de producción campesino en
detrimento de los núcleos de dominación
social aristocrática. Durante el siglo VI tendría lugar la consolidación
de una 'sociedad de base campesina',
es decir, una formación social en la
que convivieron formas residuales de
explotación aristocrática -de esclavos y
de campesinos jurídicamente libres- y
un modo 'campesino' de producción
dominante13. No está de más aclarar,
con todo, que nuestro planteo se
inspira en la tesis general del propio
Wickham14.
El sustento para la interpretación
que proponemos se halla tanto en la
evidencia textual disponible como en
la proveniente del registro arqueológico.
Salviano de Marsella escribía
desde la Provenza de c. 440 que numerosos
pequeños campesinos se veían
obligados a buscar refugio con los
bagaudas o los bárbaros al no poder
hacerse cargo de los impuestos (Sobre
el gobierno de Dios, 5. 21-26). Es probable
que allí pudieran asentarse en
mejores condiciones. El testimonio
concuerda con el contexto global que
nos presenta una disposición de Mayoriano
del año 458 emitida a todos los gobernadores provinciales de Occidente
en la que se admitía la escasez
de defensores en las ciudades pequeñas
por causa de las huidas. La información
es menos vaga de lo que podría
parecer a primera vista, si tenemos en
cuenta que las jurisdicciones comprendidas
por la ley se reducían a Italia, el
sur de la Galia y una parte pequeña
de Hispania. La disposición instaba a
las autoridades a no dejar vacante el
cargo mencionado con el fin de impedir
que los poderosos actuaran impunemente
sobre los débiles, advirtiendo
a su vez que los desamparados de la
ciudad buscaban aislamiento en el área
rural como protección a los abusos de
los funcionarios del fisco (Novelas de
Mayoriano, 3. 1). Esta ley introduce la
contracara del proceso, sobre la que
también hizo hincapié Salviano: algunos
de los campesinos agobiados por
el fisco no huían, sino que buscaban
desahogo en el patrocinium de los
poderosos, convirtiéndose en coloni
(Sobre el gobierno…, 5. 37-45)15.
De esas dos dinámicas divergentes
(por un lado la fuga para establecerse
como campesino autónomo o como
un arrendatario en mejores condiciones;
por otro, la caída en vínculos de
dependencia) prevalecería a la larga la primera, porque las relaciones de
explotación tendieron a ser cada vez
más inestables. El contexto arqueológico
general parece darnos la razón,
pues si bien es prácticamente imposible
demostrar el estatuto social -y
mucho menos legal- del ocupante de
una pequeña parcela, no cabe duda de
que el claro empobrecimiento en el
material de las construcciones, el retroceso
en el volumen de los intercambios
comerciales y la fuerte transformación
de los patrones de asentamiento que
evidencia la información revelada por
las prospecciones son, en su conjunto,
signos propios de un debilitamiento
de los lazos sociales de dominación16.
Es necesario reiterar, de todos modos,
que los cambios no fueron abruptos
y que las aristocracias mantuvieron
cuotas limitadas de poder, sobre todo
a nivel local.
El estado de cosas descrito parece
reflejarse en la serie de disposiciones
del LC y las CE tendientes a proteger a
romanos y burgundios cuyos viñedos
fueran víctimas de la depredación por
parte del ganado de terceros. La reiteración
de las normas parece indicar
dos cosas: primeramente, una asiduidad
de los conflictos, y en segundo
lugar, que las propiedades en cuestión
pertenecían a personajes importantes.
Esto último podría inferirse a partir del
hecho de que se trataría de extensiones
mayores a las de una simple huerta que
podía ser protegida por algún tipo de vallado y de que había un interés de las
autoridades del reino por proteger los
intereses específicos de estos propietarios.
De ser correcto el argumento,
también quedaría en evidencia que
los viñedos en cuestión se encontraban
muchas veces rodeados de granjas
que pertenecían a personas que no
eran dependientes sino vecinos17.
En este contexto de consolidación
de una sociedad de base campesina, la
existencia de una ingente cantidad de
esclavos -que como veremos se evidencia
en las leyes burgundias- resulta
un fenómeno que debe ser explicado.
Para ello, es preciso releer las fuentes
legales a la luz de las consideraciones
esbozadas.
Esclavos rebeldes. La debilidad del poder público
Bonnassie destacaba en su artículo
la gran cantidad de disposiciones
establecidas en los
códigos concernientes a reprimir el
flagelo de su fuga. El hecho revelaría la
incapacidad por parte del poder estatal
para mantener el control público
sobre una mano de obra poco propicia-lógicamente- a la docilidad. En este
punto el autor retomaba los planteos
de Dockès (1984), quien había señalado
que el aparato represivo del estado
era una condición necesaria para el
mantenimiento de la institución.
Sin embargo, Bonnassie (1991:
62-66) basó su argumentación en las leyes establecidas por los reinos visigodo
y lombardo durante los siglos
VII y VIII (y en otras fuentes para
la época carolingia que no vienen a
cuento aquí). Esto cuadraba con su
periodización sobre la decadencia del
esclavismo, que se iniciaba recién en
dichas centurias. Nada dice sobre el
reino burgundio, pues no utiliza el LC ni las CE en el tratamiento de la problemática.
Incluso sostiene la hipótesis de
que el fenómeno de crisis producido en
Italia y España en los siglos VII y VIII
no habría tenido el mismo impacto en
la Galia.
Creemos que esto constituye un
error. En primer lugar, es preciso señalar
que los reinos romano-germánicos
no fueron estados fuertes y consolidados.
Durante siglos V-VIII la guerra
en Europa occidental fue una realidad
endémica. Bonnassie (1991: 47-48)
ve correctamente en ella la principal
modalidad a partir de la cual se produjo
el aprovisionamiento de esclavos,
sin percibir, en cambio, las fuertes
implicancias que el conflicto bélico
continuo tuvo para la estabilidad en las
relaciones de explotación. Para la Galia
tenemos información suficiente sobre
la asiduidad de los conflictos militares
entre fines del siglo V y comienzos del
VI18. Una disposición del CE (21. 5),
deja en claro las consecuencias de la guerra para el mantenimiento de las
relaciones sociales vigentes al establecer
determinadas obligaciones
para quienes "en tiempos de saqueos"
(tempore excidii) hubiesen perdido sus
esclavos reteniendo solo una mujer.
Las dificultades del poder público
para mantener el aparato represivo se
evidencian por ejemplo en algunas normas
concernientes a los condes, como
la que los exhortaba a que "si podían"
(potueritis) hallaran a los ladrones de
caballos y de casas que impunemente
delinquían públicamente (CE, 19. 1) o
la que les recordaba que debían castigar
a los culpables de actos criminales ateniéndose
a las leyes (CE, 21. 11; similar
a LC, 79. 4). También es sintomática la
norma establecida en respuesta a quejas
presentadas por los condes, que
sancionaba a quienes golpearan a los
dependientes públicos (pueri nostri)
encargados de ejecutar sentencias y
cobrar multas (LC, 76. 1).
Las fugas
Con respecto al fenómeno de la
huida, existen veinte disposiciones
establecidas en el LC (6.
1-10, 20. 1-4, 39. 1-5, 57) sobre fugitivos,
buena parte de las cuales concierne
específicamente a esclavos. La
cantidad es similar a la contenida en
el edicto de Rotario del año 643, que
Bonnassie (1991: 64) considera muy
elevada. Además, las fugas que tenían
como destino los territorios alamán y franco debieron de ser lo suficientemente
frecuentes como para que se
estableciesen dos disposiciones específicas con respecto a quienes volvían
a adquirir estos esclavos, instalándolos
nuevamente en territorio burgundio
(LC, 56. 1; CE, 21. 9). Los datos
arrojan pocas dudas con respecto a
las dificultades del poder público para
hacer efectivo el control sobre los
prófugos. Pero el fenómeno no era en
modo alguno privativo de este reino:
una disposición contenida en las CE (21. 3) establecía que si un esclavo
que había sido vendido fuera del país
volvía a su lugar de origen debía gozar
del status de libre. Suspicazmente, la
ley se desentendía del estatuto legal
del inmigrante, lo que conduce a pensar
que se trataba de personas que aún
eran servi.
Esta lectura de las referencias jurídicas
adquiere mayor peso argumental
cuando se la considera dentro de una
perspectiva cronológica y geográfica
más amplia. Pese a describir casos
concretos, algunas fuentes literarias
permiten aprehender un clima de
época que resulta revelador. Las obras
de Gregorio de Tours están plagadas
de referencias a servi fugitivi19. Una lo
constituye el caso de Porciano, un santo
oriundo de la baja Auvernia (territorio
limítrofe con el reino burgundio) que
vivió entre fines del siglo V y comienzos
del siguiente. Siendo aún esclavo, el personaje en cuestión tenía por costumbre
refugiarse en un monasterio,
acto que comprometía al abad a entregarlo
una y otra vez a su amo (Vidas
de los padres, 5. 1). Las presiones de
este sobre el religioso se ajustaban a
costumbre según Gregorio de Tours,
de manera que la anécdota revela una
práctica habitual que por cierto se ve
corroborada a lo largo y ancho de la
Galia por los cánones de los concilios
eclesiásticos20. Para el reino burgundio
en particular, el fenómeno está atestiguado
por Avito de Vienne (Cartas,
44) (aunque en este caso se trata de la
búsqueda de asilo en una iglesia). Estos
episodios corroboran las conclusiones
hechas a partir de las referencias del LC y las CE sobre servi que huían del
reino a otros territorios o viceversa.
Evidentemente existía un contexto que
favorecía las fugas interregionales.
Vale la pena señalar, finalmente,
que la huida no era un sendero transitado
únicamente por los esclavos.
Nos hemos referido ya a cómo hacia
finales del imperio muchos campesinos
propietarios del sudeste de la Galia,
agobiados por la presión fiscal abandonaban
sus propiedades para buscar
refugio en otras regiones. También tenemos indicios sobre coloni fugitivi,
aunque los datos para nuestro ámbito y
período de interés son aislados, como el
referente al colono de un tal Prudencio
que se había fugado con una esclava de
Sidonio (Cartas, 5. 19). Una referencia
general de la época tardo imperial nos
la proporciona una serie de disposiciones
emitidas por el emperador Valentiniano
III en 451 tendientes a fijar a la
tierra a coloni vagi y advenii. Importa
menos el detalle de lo que se disponía
en la ley (que tenía por supuesto
una clara voluntad fiscal) que lo que
revela: la presencia corriente de coloni que habían abandonado la tierra en
la que estaban adscriptos y que cambiaban
repetidamente de residencia, y
de inmigrantes pobres que trabajaban
temporalmente al servicio de terceros
en la ciudad o en el campo pero que
tenían tendencia a retomar el desplazamiento
(Novelas de Valentiniano, 31. 1.
1-7). Nuevamente en este caso debemos
recordar que la referencia geográfica
es menos imprecisa de lo que podría
parecer, habida cuenta de las pérdidas
territoriales que a esta altura había
sufrido la pars occidentalis. En nuestra
opinión, en la medida en que crecieran
en importancia los asentamientos
autónomos, habría habido más oportunidades
para los coloni de establecerse
sin depender de un poderoso o manteniendo
una subordinación laxa, un
vínculo de clientelismo relativamente
equitativo que en otro lugar hemos
definido como de carácter 'tradicional'
(Sarachu 2011). Por otro lado, sus
fugas debieron de alimentar las de los servi y viceversa. Para el caso burgundio, incluso, parece haber existido cierta
protección pública al asentamiento de fugitivi como campesinos independientes,
a juzgar por el texto de la citada ley
que impedía reducir a servidumbre a
todo inmigrante que hubiese sido en
otro momento esclavo.
Sabotaje, desgano y delito
La fuga fue la vía principal a través
de la cual se materializó la rebeldía
de los esclavos, pero no la única. El sabotaje y el desgano debieron
de constituir dos formas extendidas
de resistencia en los dominios
que explotaban centralizadamente
la mano de obra. Columela recomendaba
evitar el maltrato hacia los
esclavos y supervisar estrictamente su
desempeño con el fin de que cumplieran
con las tareas que se les asignaba
sin dañar las herramientas de trabajo,
los animales o a sí mismos (Dockès
1984: 249). Sin embargo, es probable
que estas prácticas no estuviesen muy
extendidas en el período y región que
estamos estudiando, a pesar de los
altos niveles de conflictividad social.
La explicación -de carácter especulativo,
debe reconocerse- se hallaría
en la generalización de la explotación
del esclavo mediante su instalación
en la tierra como tenente y no
en forma directa, en tanto la apatía
y el deterioro de los instrumentos de
trabajo son formas de lucha afines al último contexto más que al primero.
En cualquier caso, el sabotaje no está lo suficientemente documentado en
nuestro período como para poder
hacerse al menos una idea aproximativa
acerca de su extensión21 y las
quejas que encontramos acerca de la
escasa predisposición de los servi al
trabajo podrían obedecer a prejuicios
instalados22.
Otras referencias que nos han llegado
versan sobre esclavos que asesinaron
a sus amos antes de fugarse,
actos que podrían estar ligados menos
a la violencia sufrida por aquellos en
situaciones cotidianas que a la expectativa
de impunidad, pues nada indicaría
que el trato de los amos haya sido peor
que en otros tiempos (Sidonio. Cartas,
8. 11; Gregorio de Tours. Diez libros…,
7. 46-47, 10. 2)23. Como es de esperar,
las leyes burgundias estipulan penas
para crímenes cometidos por esclavos,
unas veces dentro de títulos que
se ocupan de distintos tipos de delitos
(y que por ende establecen asimismo
sanciones para los libres) y otras en
apartados destinados específicamente
a ellos (LC, 7, 33). Es cierto que aunque
no sean pocas las disposiciones,
no debería deducirse de ellas que la
delincuencia fuera un fenómeno generalizado
entre los esclavos del reino; sin
embargo, hay un fuerte indicio en tal
sentido en una norma en particular,
sancionada luego de la primera promulgación del código por Sigismundo
que establecía que sin importar cuán a
menudo un mismo esclavo fuese acusado
de un delito, debía observarse la
práctica de llevarlo ante el juez y proceder
a la investigación del hecho (LC,
77. 1). Uno está tentado a pensar que se
trataba principalmente de robos, el crimen
más perseguido en los códigos. En
cualquier caso, la evidencia documental
pone una vez más al descubierto un
poder público incapaz de encauzar a
una servidumbre rebelde.
Consideraciones finales
Lo planteado hasta aquí respalda la
tesis de que no existió en el reino
burgundio una explotación sistemática
y generalizada de la mano de
obra esclava. El contexto de guerras,
huidas y multiplicación de núcleos
campesinos autónomos constituyó un obstáculo a su implantación. La
citada ley que confería estatus de libre
a los fugitivos que volvían al reino
podría estar indicando, incluso, que
el estado no estaba particularmente
preocupado en la reproducción de las
relaciones de dependencia esclavistas
más allá de la protección del derecho
de los domini del reino. Esta última
conjetura ameritaría una futura profundización.
Para concluir, dediquemos las
palabras finales a retomar algunos
problemas metodológicos. Siguiendo
las precauciones que oportunamente
señalásemos, hemos puesto de relieve
la riqueza informativa presente en
las leyes incluidas en el LC y las CE para la reconstrucción de una historia
socioeconómica del reino burgundio.
Los límites de estas fuentes son en
efecto enormes, como ha quedado
patente, pero es preciso enfatizar sus
potencialidades, máxime si 1) se las
trabaja atendiendo al desarrollo histórico
macro-regional y 2) se las analiza
comparativamente con otras fuentes,
escritas (hagiografías, historias, sermones,
etc.) y no escritas (restos arqueológicos).
En cuanto al primer punto,
debe remarcarse la profunda renovación
historiográfica que es posible
emprender a partir de las recientes elaboraciones
de Wickham. En cuanto
al segundo punto, los análisis futuros
deberán hacer mucho hincapié en la
gran cantidad de valiosa información
que vienen suministrando y analizando
los arqueólogos.
Notas
1 Véase en Wickham (1996: 50-58) una breve presentación de este horizonte historiográfico, con referencias bibliográficas.
2 Nuestro argumento general es tributario de lo sostenido por Astarita (2007), quien hace hincapié en el caso visigodo.
3 Cfr. Fischer Drew (1972: 10), más categórica al respecto.
4 Un ejemplo extremo de las posturas continuistas está representado por la escuela fiscalista, cuyos lineamientos centrales han sido adecuadamente presentados por Salrach (1993).
5 E. g. Ward-Perkins (2005) quien de todos modos plantea que también hubo un quiebre de orden material, aunque no profundiza en el análisis de las transformaciones en las relaciones de producción.
6 Sobre la estructura social rural tardorromana, véase e. g. Marcone (1998). Para el período y región de las que nos ocupamos aquí no contamos con un estudio monográfico. De cualquier forma, estas ideas se hallan en estudios más abarcativos, como Lebecq (1990: 73-90) y Wood (1994: 201-219).
7 E. g. Finley (1982), quien sin embargo reconocía que había habido una importante población esclava en los reinos romanogermánicos.
8 Aunque en la Galia del centro-sur, esto ya fuera probablemente una realidad a fines del imperio romano. En 472, Sidonio Apolinar (Cartas, 6. 4) denunciaba la existencia de redes de bandidos dedicadas al menos en parte al rapto de mujeres libres que se vendían como esclavas en regiones cercanas.
9 La explotación de servi como tenentes es en cualquier caso anterior (Wickham 2005: 268-302).
10 Esto implica obviamente que para Wickham había relaciones feudales de producción en la Antigüedad. Los límites del presente trabajo nos impiden discutir esta cuestión. Una introducción al debate más general en torno a la operatividad del concepto de 'modo de producción' para el estudio de las sociedades precapitalistas en Haldon y García Mac Gaw (2003).
11 Aunque hace prevalecer las líneas convergentes de desarrollo de las distintas regiones en su caracterización global de la Europa del 400-800 (Wickham 2005: 827-831).
12 En una comunicación previa proponía, en cambio, que en el transcurso del siglo VI la región había ido entrando en una crisis de la que no había emergido sino hasta el siglo XI (Wickham 2001: 565-566).
13 Ya había prácticamente desaparecido la extracción pública de excedente vía impuestos.
14 Aunque es pertinente un excurso concerniente a la terminología empleada por el historiador británico. Wickham (2005) tiende a utilizar indistintamente los conceptos de 'modo de producción campesino' y 'sociedad de base campesina'. Realizar una distinción entre ambos, definiendo una sociedad de base campesina como aquella en la que cualquier forma de explotación de clase se encuentra subordinada a la lógica campesina de producción, permite una mejor comprensión del fenómeno estudiado. Nuestro razonamiento se desprende de lo argumentado por Astarita (2007).
15 Si sumamos a esta referencia la del contenido de Sidonio. Cartas, 5. 19, toma fuerza la hipótesis de que en la Galia los coloni debían de ser en general campesinos que se encontraban subordinados personalmente al señor cuya tierra trabajaban. Por otro lado, las leyes burgundias (e. g. LC, 7, 38. 8) les asignaban penas similares a las de los esclavos. Véase Grey (2007) sobre el debate en torno al 'colonato'.
16 Remitimos para un tratamiento un poco más extenso de la evidencia arqueológica a Sarachu (2010) y la bibliografía que allí se refiere.
17 LC, 89. 1-6, 103. 1-6; CE, 18. 1-2.
18 La cantidad de referencias de Gregorio de Tours a saqueos en el territorio galo como consecuencia de distintos tipos de conflictos que involucraron a los francos y sus vecinos impresiona; véase e. g. Diez libros…, 3. 21, 4. 14, 4. 16-17, 4. 42, 4. 47-48, 5. 1-4, 5. 13-15, etc. En varios de estos pasajes el autor se explaya sobre los perjuicios que este estado de cosas ocasionaba en las poblaciones locales.
19 Gloria de los confesores, 66 y 67; Vida de los padres, 16. 3, 19. 1; Diez libros…, 3. 13, 5. 3, 5. 48, 6. 31, 7. 46, 8. 21, 9. 6, 9. 38, 10. 2, 10. 5. Las referencias son a los siglos V y VI en toda la Galia.
20 E. g. Concilio de Orléans (511), c. 3; Concilio de Épaone (517), c. 39; Concilio de Orléans (541) cc. 24 y 30; etc. Estas disposiciones no se refieren estrictamente a esclavos refugiados en monasterios, sino en la iglesia en general. También buscaban asilo algunos libres, empujados por la necesidad: Concilio de Orléans (541), c. 21. Aclárese, por otro lado, que es difícil establecer precisiones geográficas a partir de la legislación eclesiástica.
21 Astarita (2007: 255-259) ofrece algunas referencias para toda la Europa occidental temprano medieval.
22 Por ejemplo, Gregorio de Tours (Gloria…, 1) indica que era costumbre de los esclavos emborracharse.
23 El asesinato seguido de huida era una práctica prevista en el LC, 2. 3, 2. 5 (aunque no el homicidio del amo, sino el de un tercero).
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Recibido: 07-09-2011
Evaluado: 17-09-2011
Aceptado: 28-09-2011