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Delito y sociedad

versão impressa ISSN 0328-0101versão On-line ISSN 2468-9963

Delito soc. vol.24 no.39 Santa Fé jun. 2015

 

ARTÍCULOS

El espacio corporal como espacio de sospecha: los familiares de detenidos frente a la requisa corporal

The body space as a space for suspicion: the relatives of detainees from the body requisition

 

Vanina Ferreccio

Universidad Nacional del Litoral, Argentina vferreccio@gmail.com

Recibido: 02/10/2014
Aceptado: 16/11/2014

 


Resumen

Este paper presenta los resultados de un trabajo de campo de tipo etnográfico, realizado con familiares de detenidos provenientes de dos prisiones santafesinas, en el cual se exploran las huellas que la prisión imprime en aquellos que viven la experiencia de la detención de un modo indirecto. Se trata de un terreno muy poco explorado dado que la atención se ha concentrado siempre en la población directamente afectada. Aquí se analiza la experiencia de estos familiares como un proceso de prisionización secundaria. Por lo tanto, se concentra el interés en dos aspectos centrales: la identificación de las prácticas relacionadas con el ingreso -principalmente la requisa corporal- y permanencia de los familiares en los momentos de "visita" como condicionadas por y reproductoras de la violencia que la institución despliega sobre las personas detenidas; y los intentos de neutralización por parte de los familiares del costo social -en términos de degradación, humillación y estigmatización- que dichas practicas representan.

Palabras clave: Familiares de detenidos; Requisa; Violencia institucional; Visitas en prisión; Encarcelamiento

Abstract

This paper presents the results of an ethnographic fieldwork conducted with relatives of inmates from two prisons in the city of Santa Fe, Argentina. It explores the prison tracks on this relatives that experience the detention in an "indirect" mode. This is an unexplored field because theorist have mostly focus on the population directly affected by imprisonment. Family experiences are analyzed as a secondary prisonization process. Therefore, this paper focus on two main aspects: in one hand the identification of practices related to the access -mainly on body examination during visit entry to prison- and stay of the family during visiting period, and on the other hand attempts by family for neutralizing the social cost -in terms of degradation, humiliation and stigmatization- that such practices represents.

Keywords: Relatives of inmates; Body examination; Institutional violence; Visits in prison; Imprisonment


 

Introducción

En este artículo abordo una problemática peculiar y a la vez constitutiva de lo que entiendo por violencia institucional respecto de personas que interactúan en calidad de familiares con el sistema penal: el sometimiento de las mismas a la práctica de la requisa corporal como requisito para la visita de familiares detenidos en las instituciones penitenciarias santafesinas.
En algunas ocasiones este aspecto ha sido considerado desde una perspectiva jurídica, en particular cuando se han tratado de individualizar situaciones que pudieran plantearse ante los organismos internacionales de protección de los derechos humanos a fin de obtener la revisión y anulación de esta práctica considerándola como vejatoria y contraria a los convenios suscritos por Argentina1.
La mirada que propongo, en cambio, se agrega a la perspectiva jurídica sin superponerse a ésta y se construye sobre la base de tres puntos críticos que surgen de las entrevistas en profundidad e historias de vida de las personas que participaron en la investigación2: en primer lugar, la naturalización/interiorización de esta práctica que en algunos casos resulta asumida como el costo del mantenimiento del vínculo con el detenido, y en otros, en cambio, como una comprobación de la invisibilidad (o absoluta indiferencia institucional) en la que se encuentran los familiares de las personas detenidas y de las difcultades para encontrar un referente ante el cual exponer su malestar. Me interesa resaltar, sobre todo, el hecho de que la aceptación o el sometimiento, no implican necesariamente la ignorancia o el desconocimiento del maltrato que se está experimentando, es decir, en términos de Cohen (2001: 86) no se trata de un estado de negación psíquica de los familiares sino que se encuentran atrapados en una cultura en la cual la tolerancia deviene una forma de control social que debilita e incluso prohíbe cualquier reconocimiento del problema. En segundo lugar, la participación excluyente de esta práctica en la construcción sistemática y metódica del espacio
corporal como un espacio de sospecha, en particular el espacio del cuerpo femenino como ámbito que alberga el peligro -incluso solo como posibilidad, dado que no se registran situaciones de descontrol o conflicto al interior de las prisiones que puedan relacionarse de manera directa con el ingreso de elementos prohibidos por parte de los familiares. En tercer lugar, la violencia institucional que se pone de manifiesto a través del continuum entre lo que Basaglia (2009 [1975]) y mas recientemente Schepper-Hughes (2005) denominan crímenes de guerra y de paz; pero también en la disimulada obstrucción al contacto y al mantenimiento del vínculo familiar que dicha práctica representa, en especial, para las hijas de las personas detenidas. Obstrucción relativamente oculta y enmarcada en una proclamada apertura de la prisión a la visita familiar. Lo interesante será notar, a su vez, de qué manera el mismo proceso que puede leerse en términos de una marcada prisionización secundaria en los familiares, es fuente también de resistencia a este proceso.
Pero esta resistencia no puede considerarse una resistencia política (ver Bourgois, 2005; De Giorgi, 2005): de hecho, en el caso de las mujeres que visitan a sus familiares detenidos, los mínimos comentarios desafiantes o las respuestas llenas de desazón que dirigen a las empleadas encargadas de la requisa, implican, sin lugar a dudas, la manifestación de una resistencia a la humillación o un intento de substracción al abuso y afirmación de la propia subjetividad frente al desconocimiento que la situación representa pero no constituyen una oposición eficaz a la dominación material y simbólica que el sistema penal ejercita.
Desde la perspectiva de Chantraine (2004: 230), todo el análisis que aquí desarrollaré, resulta enmarcado por una fuerte ambigüedad: la que existe entre los aspectos positivos de la visita y el sometimiento de ésta al imperativo securitario. De hecho, la requisa corporal de los visitantes es un instrumento más del mecanismo securitario pero se configura, en este interior-exterior de la prisión que la visita representa, como una práctica de la tortura.
Para Chantraine (2004: 230), el hecho de que la visita constituya un punto de intersección entre el interior y el exterior la configura como un espacio ambiguo: las interacciones que allí tienen lugar "(...) aparentemente primordiales para la salud psíquica y los recursos materiales del detenido, pueden ser también humillantes: intrusión en la institución total, la institución total atraviesa de un extremo a otro la relación que tiene lugar en la visita. Por un lado, el detenido se presenta a sus parientes disminuido, dominado, y, por otra parte, la vergüenza puede verse redoblada por la conciencia de imponer a los visitantes sea la requisa, sea el trato con arrogancia. El deseo de ver a los familiares se tiñe del temor a la ‘contaminación’ de la relación por la prisión".
En síntesis, recuperando el discurso de los familiares de las personas detenidas, pondré de manifiesto cómo el carácter total de la institución los alcanza de un modo tiránico y violento. Por razones de espacio, sin embargo, no me extenderé al análisis de los diversos contactos que, a lo largo de la condena, la institución establece con la familia del detenido -algo que, en la mayoría de los casos sucede a instancias de la
propia familia, movilizada a su vez, por el mismo detenido- sino que me limitaré al momento del ingreso para la visita semanal.

El temor como agente regulador

Son muchas y diversas las situaciones que ponen de manifiesto la circulación de temores. Para decirlo con Chauvenet (2006), en un sistema guerrero-defensivo como el de la prisión, el temor deviene un principio regulador: sea de los familiares respecto del personal antes y durante la visita; sea de los familiares respecto de otros detenidos durante el día de visita; sea de los detenidos a las represalias del personal en caso de infracciones y/o transgresiones de sus familiares.
En un texto ya clásico de la sociología de la desviación, Donald Clemmer (1941) describía la progresiva adaptación de los individuos detenidos a la subcultura carcelaria como un proceso de prisionización del detenido a lo largo de la condena.
Aun compartiendo las críticas que algunos autores han formulado respecto la posibilidad de interpretar este proceso en términos de una prisionización de tipo secundario en los familiares, y que suscribo en la medida de no caer en una suerte de análisis de los comportamientos fuera de la prisión como simples reflejos de lo que sucede ‘puertas adentro’, tanto la organización del día destinado a la visita, como los (incluso) rudimentarios mecanismos de control de las situaciones de tensión que sugieren muchas de las entrevistas, adquieren sentido recurriendo a la explicación que diera Clemmer mas de medio siglo atrás.
La tentación de explicar el ‘afuera’ por el ‘adentro’ es fuerte y en parte se desprende del carácter total de la institución. Esto es, todo aquello que entra en contacto con ella, aún cuando el contacto sea parcial y recortado al momento de la visita, se ve cooptado o dominado por las lógicas típicas de la institución.
Sin embargo, ésta también sería una forma un tanto desequilibrada de interpretar el proceso al que Clemmer hace referencia. En ese proceso existe, también, una intensa circulación entre el adentro y el afuera: los individuos se adaptan a la cultura carcelaria en distintos grados y esta gradación se encuentra fuertemente relacionada con las experiencias previas así como con la intensidad de las interacciones que el detenido logre mantener con el afuera.
Quizás sea oportuno resaltar dos aspectos: por un lado, la teorización de Clemmer estuvo construida en base a los estudios realizados en una prisión de máxima seguridad en la cual las nociones de interior y exterior encontraban una ubicación espacial y temporal mucho mas definida de la que se puede encontrar actualmente en las prisiones santafesinas, por otro lado, resulta mas interesante pensar el modelo clemmeriano como un tipo ideal.
En efecto, el aspecto en el que he concentrado mis observaciones e interrogantes, torna particularmente complicado mantener fijas las nociones de "adentro" y "afue
ra"3. Como explicara Foucault (1975), la prisión debe mucho de su poder no tanto a la impermeabilidad de los muros que la separan del exterior como a los múltiples intercambios que realiza, a los "hilos innombrables, a los miles de canales, a las fibras infinitas que la entrecruzan y la atraviesan".
Ahora bien, la observación participante de las dinámicas propias del ingreso y las entrevistas en profundidad realizadas con los familiares, diseñan un panorama en el cual el espacio de la visita es, como argumentara Chantraine (2004), punto de intersección de lógicas diferenciadas que tienden a confundirse, y a la vez, fuente de prisionización en los familiares. En particular, la detención actúa reorganizando de manera total la cotidianeidad familiar (Bouchard, 2007: 61 y ss) hasta el punto que algunos de sus miembros -en particular las mujeres- se sienten ellos también "encerrados".
El caso de Carina, madre de un detenido y ex esposa de un detenido "crónico" - que alterna permanentemente períodos de libertad con períodos de detención- representa una suerte de paradigma de la escisión vital que el encarcelamiento provoca en los familiares. No solo en el plano emocional -diariamente intenta reconstruir, desde afuera, la jornada de su hijo dentro de la cárcel- sino también y principalmente en el plano económico. Sostener a su hijo en prisión y no "cargar" esta responsabilidad sobre su nueva pareja, implica asumir una infinidad de ocupaciones remuneradas (en general trabajos de cuidado como limpieza de casas o cuidado de niños y ancianos) que le permitan comprar el bagallo4 de cada semana. De hecho, la semana de Carina gira en torno a conseguir el dinero necesario para la compra de los jueves y la visita de los domingos:

"[...] llega el sábado y se que tengo que tener [dinero] para comprar las cosas... Por ejemplo, son las dos de la mañana y yo estoy cocinando para salir de casa a las 5 y a las 6 estar allá para hacer la cola, entrar a las 8 y venirme a las 5 de la tarde...te podés imaginar como vengo..."

Ahora bien, en todas las personas que han participado de esta investigación, no obstante las dificultades para poner en palabras los sentimientos de humillación y denigración que el sistema penal les dispensa, existe un claro y doloroso reconocimiento de la situación en la que se encuentran, la misma Carina lo relata como sigue:

"[...] es como yo le digo a Marcelo [su hijo detenido] ‘cuando vos salgas se me van a terminar todos mis problemas porque ya voy a estar tranquila y no voy a tener que andar pensando que a vos te falta algo’, o no dormir sabiendo que quizás se arma problema allá adentro, por ejemplo hay días que no llama y yo pienso...‘ay, ¿qué habrá pasado que no llama?’ [...] Pienso, ‘si yo me enfermo ¿qué es lo que va a pasar?’ ¿quién lo va a ir a ver?¿- quién le va a acercar la comida?¿quién le va a llevar las cosas?’ Por eso yo todos los días le digo a Dios, le pido que me de fuerzas hasta que salga, después ya no me interesa nada pero por lo menos, viste, hasta que salga...".

Algo similar sucede en el caso de Dora, madre ya anciana de Andrés a quien visita hace dos años en la prisión de Las Flores.
"yo limpio, plancho, cuido coches cuando tengo que cuidar coches [...] Y cuando cobro la pensión ‘hago una mercadería’ [una compra] y la guardo y así tengo para todo el mes y de lo que gano en la ‘cuidada’ voy juntando para Andrés..., el día sábado cuando vengo acá a la Feria [donde cuida autos], la plata que gano es para Andrés, para que no le falte nada".
Como lo define Clemmer (1941: 211), el de prisionización es un "lento, gradual y mas o menos inconsciente proceso durante el cual una persona aprende algunos elementos de la unidad social en que se encuentra, al punto de caracterizarse por ésta". Este proceso implica otro: el de asimilación que lleva al individuo a identificarse con la subcultura carcelaria (Vianello, Sbraccia, 2010). Todos los detenidos en mayor o menor medida están sujetos a los "factores universales de prisionización": entre ellos la aceptación de una inferioridad de rol, la adquisición de elementos para comprender la organización interna de la institución y la adopción de un código comportamental común (Sbraccia: 139). Lo que este trabajo de campo ha permitido comprender es cómo tiene lugar la difusión de dicho código en relación a los familiares. Parece dominar, también en ellos, el interés por una cárcel quieta ya que las pautas de comportamiento de éstos responden en general a evitar la generación de conflictos intra-carcelarios.
En relación con la visita, de los relatos de las mujeres que visitan a sus familiares detenidos emergen dos reglas que la estructuran tal como ésta tiene lugar en las prisiones santafesinas5: una, que regula por vía de la limitación y la prohibición, la interacción de los familiares en los momentos de "colectividad" que son la espera para ingresar, el ingreso propiamente dicho y las estadías, generalmente breves, en los patios de los pabellones; otra, que regula también por vía de la prohibición, la interacción de los familiares con un grupo particular de agentes penitenciarios que son quienes tienen a su cargo la requisa. Ambas no son más que variantes del agente regulador por excelencia: el principio del temor.

Interacciones limitadas y vedadas

La interacción es limitada tanto en su forma como en su fondo. Lo primero, porque los familiares entablan diálogos solo con las personas que ya conocen, preferiblemente pertenecientes a grupos etarios diferentes6, es decir que se evita socializar con personas de la misma edad. Lo segundo, porque se trata únicamente del intercambio de saludos o comentarios absolutamente superficiales.
En sintonía con esta primera regla, en todas las entrevistas aparece la prohibición de mirar: "una vez dentro de la cárcel tenés que ir como los caballos, con orejeras, no mirar a nadie", me explica Celeste (18 años, novia de un detenido a quien visita hace casi dos años) es decir, recorrer todo el camino desde la entrada del penal hasta el lugar donde se encuentra el detenido sin intercambiar miradas, palabras o gestos con otros detenidos o con otros familiares que ingresan.
En relación con este modo de regulación, valen los comentarios de Natalia y Celeste, novia y esposa de detenidos respectivamente, con la particularidad de tener ambas una larga relación con el sistema penal siempre en condición de familiares:

Vanina: ¿Hay mucha gente el día de visita? ¿Cuánta gente habrá más o menos?
Celeste: No se, porque Tato [su novio detenido] no me deja mirar... [se ríe], me dice que no tengo que mirar a la gente...como te dije, vos tenés que andar como un caballo con las anteojeras puestas...
Vanina: ¿entonces vos nunca hablaste con otras personas del pabellón?
Celeste: No, yo nunca hablo, no hablo con nadie. Y no podés mirar para ningún lado ¡obvio!
Vanina: ¿Pero eso te lo dijo él?
Celeste: si, igual eso es así en todas las cárceles

Vanina: ¿En la visita entablás relaciones con otras familias?
Natalia: Si son conocidos si, pero si no...
Vanina: pero ¿conocidos de dónde?
Natalia: qué se yo, conocidos de tantos años de saludarnos en las filas, de alguien que conocés y nos saludamos pero nunca con el preso sino, algunas veces, con los familiares, porque quizás yo saludé a la mujer porque hemos estado horas hablando y resulta que adentro ellos [sus maridos detenidos] están peleados [...], por eso te digo que te autolimita, hay un sistema de respeto porque hay muchas cosas: así como está lo bueno, está lo malo, eso es, hay de todo... (Natalia, 33 años, visita a su marido detenido hace 7 años).

Prohibición de protestar por el maltrato durante la requisa

La segunda de estas reglas, que descarga todo su contenido despótico sobre las personas de los familiares, se construye en la interacción con el personal penitenciario pero responde, como la primera, al temor como principio rector: las mujeres no deben protestar por el maltrato en la requisa y de este modo tienden a evitar las posibles represalias del personal con los detenidos. La historia de Leticia se refiere a esta situación: ella es una mujer que ha transcurrido la mayor parte de su vida en la calle y que actualmente trabaja como vendedora ambulante. No está acostumbrada a ceder y hace muchos años que visita a diversos familiares en distintas prisiones de la provincia: primero a su ex marido y actualmente a su hermano y a su novio.
No obstante toda su experiencia como persona que visita a sus familiares detenidos, ésta no es lo suficientemente fuerte para contrarrestar el peso de las "recomendaciones" imperativas de su hermano detenido:

"Te digo que a veces te dan unas ganas de contestarles [a los empleados de la cárcel] pero mi hermano dice que no, porque después se la agarran con ellos, entonces mi hermano dice ‘si te meten un palo...’, ¡ah no!, le digo yo, ¡tampoco que me metan un palo, ahí si que yo le voy a empezar a decir de todo!, bueno, es un ejemplo, pero él dice ‘así te digan lo que te digan, vos no respondas’. Yo trato de responderles amablemente, de no buscarle la quinta pato al gato, hay que saberlos llevar a los empleados..."

En el caso de Irma, en cambio, el temor a la institución nace también del hecho de encontrarse por primera vez enfrentando el sistema penal, con muy pocos recursos sociales y culturales. El encarcelamiento de su hijo no solo la ha afectado emocionalmente sino que ha provocado una reorganización familiar total, como si la vida familiar entrara en una suerte de paréntesis que se cierra solo cuando el detenido recupere su libertad:

Vanina: ¿alguna vez la trataron mal [en la prisión]?
Irma: No, para que le voy a mentir. Nosotros tenemos que bajar la cabeza, porque si no el Jorgito [su hijo detenido] nos enseña que por hacernos las malas los que pierden son ellos, lo castigan a él, y nos suspenden a nosotras...No se, yo les enseño a ellas [a las demás mujeres que esperan para entrar] a no contestarles [a las empleadas] porque si no los van a castigar a ellos [los detenidos]. Hasta ahora, gracias a Dios no hemos tenido problemas... Nosotras nos tenemos que quedar calladas.

Solo una de las mujeres entrevistadas, María, madre de un joven de 27 años que está detenido desde los 16 y que ha estado alojado en diversas prisiones de la provincia, parece tomar distancia del temor a las represalias como ordenador de las acciones de los familiares al interior de la prisión. De hecho, en la entrevista que tuve con ella y su hija me dijo:

"Yo aprendí muchas cosas en los años de visita, pero a callarme no. Una vez me dijo una señora: ‘después se la agarran con ellos adentro por eso yo me tengo que callar la boca’, ‘no, le dije yo, yo no voy a dejar que me basureen, él está pagando, está cumpliendo, a mi que me respeten...".

Naturalización de la práctica de la requisa

Alrededor de esta práctica parece haberse construido una suerte de silencio que, como no pretende ocultar, linda con la indiferencia institucional desentendiéndose de los diversos planteos que imputan a Argentina la realización de esta práctica por considerarla vejatoria y contraria a la dignidad humana.
Cíclicamente, los detenidos suelen plantear los "excesos" o los "abusos" del personal con respecto a sus familiares y cómo esto constituye una infracción a los códigos de respeto básicos en la institución carcelaria. Sin embargo, se trata siempre -al menos en los casos que he relevado desde el año 2008- de referencias puntuales que no cuestionan la práctica en si misma sino cómo ésta resulta actuada por el personal de turno en una jornada específica.
Es como si una serie de elementos materiales confluyeran para neutralizar su existencia: la asociación histórica entre visita y requisa, la asignación de un espacio y personal especialmente entrenado para la misma, los comentarios que circulan entre los empleados afectados o no a la requisa del fin de semana, el ingreso de los familiares que, una vez delante del personal, comienzan a desvestirse casi automáticamente, o las risas divertidas de las empleadas frente a los niños que muestran sus prendas "libres de elementos prohibidos" demostrando así cuánto han interiorizado la mecánica de la situación.
Pero, ¿se puede hablar de ‘neutralización’? De acuerdo a Cohen (2001), tanto la negación del conocimiento que tiene lugar cuando los culpables declaran no saber lo que hacían ni ellos ni las personas que los rodeaban, como la indiferencia moral en la cual incluso las llamadas convencionales a la moralidad están ausentes, no suponen neutralización porque no hay nada que neutralizar, en uno como en otro caso estamos frente a relatos de negación que son versiones ideológicas de las técnicas de neutralización.
Ahora bien, en ésta como en otras situaciones de violencia metódica y sistemática sobre un grupo definido de personas -en este caso familiares de detenidos- existe un triángulo conformado en primer lugar por las víctimas, luego, por quienes ejercen la violencia y finalmente por quiénes resultan testigos u observadores. Claramente, como afirma Cohen (2001), estos roles no son fijos dado que los observadores pueden luego devenir víctimas y tanto aquéllos como los culpables pueden compartir la misma cultura de la negación.
El estado de negación, en las víctimas, expresa en algunas oportunidades una suerte de "disociación quasi física, la sensación de que esto, que de hecho les está suce
diendo, está sucediendo a otro" Cohen (2001: 37). En algunos casos esta negación lleva a la falta de protección frente al suceso, en otros, como es el caso de las personas requisadas antes del ingreso en prisión, no pueden vivir en la permanente autoconciencia de que cada sábado o domingo deberán desnudarse ante extraños. Parafraseando a Cohen "una suerte de ‘interrupción de contactos’ es necesaria para llevar adelante otro día de visita semanal".
De hecho, la negación no se produce de manera instantánea sino que se construye, y este proceso puede advertirse incluso en el desarrollo de las entrevistas: al inicio, frente a la pregunta directa sobre la requisa, ésta es "algo horrible. ¡A mi me da una vergüenza!", luego, en cambio, habiendo relatado toda la serie de padecimientos asociada con la prisión, la requisa "te va a molestar la primera vez, quizás, después no... después te acostumbras...bueno, de última uno no conoce a la persona [...] quizás si yo conociera a la persona, me molestaría mas..." [Celeste, 18 años, novia de un detenido, lo visita hace casi dos años].
Ahora bien, en este triángulo de violencia, resulta importante -en un sentido sociológico y político- detenerse en los testigos y/u observadores de esta situación: es decir, aquéllos que la conocen, la ven o la sienten, en el momento o luego. De esto me ocupo en el próximo apartado.

El problema de los diversos públicos

En algunos casos las mismas víctimas se convierten en observadores. En algunas situaciones, las mujeres con las que hablaba me relataban experiencias de maltrato o exceso en la requisa de niños que iban a visitar a sus padres.
En un plano analítico, tanto los demás familiares que esperaban y escucharon las protestas y comentarios indignados de la madre de los niños, como el personal que no participó directamente de esa requisa pero tuvo conocimiento de lo que sucedía, devienen testigos y/u observadores. ¿Por qué no intervinieron, sea para llamar la atención (en el caso de los colegas), sea para provocar una protesta generalizada, en el caso de los familiares? La investigación de Cohen (2001) sugiere que hay tres situaciones en las cuales las posibilidades de reacción son mucho menores: una, en los casos de responsabilidad compartida, es decir "si hay otros que ven la situación ¿por qué tengo que intervenir yo?" Cohen (2001: 39); otra, cuando existe una incapacidad para identificarse con la víctima y, finalmente, cuando los que observan son incapaces de idear una intervención eficaz.

"...yo conozco una señora que denunció una policía de ahí [empleada penitenciaria] que manoseó a la nena y tenía creo que 10 años la nena, en el ingreso a Las Flores. A mi eso no me gusta [...]" [María, 51 años, madre de un detenido).
"Yo ahora como estoy embarazada tengo que bajarme la bombacha, el corpiño y nada mas pero veo que a otras minas las revisan enteras [...] porque cuando vas entrando hay dos casillas, vos te desocupás y ves los otros lados, ¿entendés? ¡Ay, cómo las revisan! Las revisan distinto, porque a los que están por droga, a los familiares los revisan más porque creen que les van a llevar" [Leticia, 32 años, hermana de un detenido].
"...hubo una vez que se quejaron porque un empleado requisador le hizo bajar los calzoncillos a un nene. A mi tampoco me gustó ese día la requisa [...] creo que alguien se quejó, así que ahora hacen entrar con un mayor [al niño], con la mamá o el papá" [Anita, 34 años, esposa de un detenido].

Es decir, aun cuando no se niegue la situación, aún reconociendo lo que ésta tiene de doloroso y de afrenta a la dignidad de las personas, esto no necesariamente da lugar a una intervención.

"Tanto los testigos como los culpables, resultan gradualmente empujados a aceptar como normales aquellas acciones que originariamente se presentan como repugnantes: niegan el significado de lo que ven evitando o minimizando las informaciones sobre el sufrimiento de las víctimas" (Cohen, 2001: 40).

Sin embargo, también quien hace investigación sobre situaciones de abuso institucional se transforma en una suerte de observador externo7 de estas acciones. Frente a las descripciones de las requisas como "vejaciones", "humillaciones", "situaciones que te auto-limitan y te marcan", "situaciones de mucho sufrimiento, dolorosas", resulta difícil no compartir su contenido. Este es, precisamente, uno de los problemas de la antropología de la violencia, que toma distancia de la antropología clásica para la cual el conflicto constituía un obstáculo en la comprensión de la estructura normal de una sociedad; ésta pretende, en cambio, reconstruir el sentido de acciones que, por sí mismas, lo desintegran (ver Dei, 2005; Schepper-Hughes, 2005; Bourgois, 2005, 2011) y, en esta tarea, no solo no devenir cómplices sino también no sobre-interpretar las voces de las víctimas.
Ahora bien, lo que me interesa resaltar aquí -en parte porque se alinea, desde mi parecer, con la teoría de la violencia como continuum que incluye dimensiones estructurales, simbólicas, cotidianas e íntimas Bourgois (2011: 35)- es en qué medida la violencia que se experimenta no solo dentro de las prisiones y de la cual se ocupan muchas investigaciones ya sea en relación a los detenidos como en relación al personal (ver, por ejemplo, Chauvenet-Rostaing-Orlic, 2008), sino también en los "alrededores" de éstas, en particular sobre los familiares de las personas detenidas, no resulta reconocida en toda su extensión, en primer lugar por las mismas víctimas y en segundo lugar por toda la estructura burocrática penal.
En relación con las primeras, las entrevistas actuaron en algunos casos como "líquidos reveladores": a medida que los sujetos de esta investigación relataban sus primeros ingresos en prisión8 o la molestia que sentían frente a la requisa de los niños, se producía una suerte de superación de la negación residual o de la desaprobación de sí mismos, del estigma o de la pasividad, Cohen (2001). Frases como "ahora que te cuento me doy cuenta" se volvieron habituales en relación con éste como con otros temas. Pero esto no pretende sugerir el carácter individual de los estados de negación,éstos no son internos, particulares y menos aún condiciones patológicas individuales, sino que están impresos en las legitimaciones sostenidas por el Estado (íbidem).
Algo similar puede argumentarse respecto de la estructura burocrática de la prisión que, como tal, funciona a través de compartimentos estancos, desinformados unos y otros respecto a lo que sucede en los demás. Pero, fundamentalmente, la auto-censura grupal, la preocupación por mantener ocultas ciertas cuestiones que podrían comprometer la imagen de la organización, la connivencia (o complicidad) entre colegas que se perfila como actitud corporativa, mas vinculada con los niveles de la organización que con algún vínculo personal, son todos elementos que configuran el espacio de la prisión como particularmente apto para el desarrollo de lo que Cohen (2001: 86) denomina "micro-cultura de la negación".

Espacio corporal como sede de la violencia institucional

El funcionamiento cotidiano de la prisión en Argentina ha establecido un nexo de causalidad entre el ingreso de los familiares y la circulación de elementos que comprometen la seguridad de la institución (es decir, estupefacientes y armas). Por lo tanto, la preservación de la tranquilidad al interior de las cárceles, así como el bloqueo de transacciones "clandestinas" o irregulares que pueden derivar en conflictos interpersonales, exige, en los términos legales - que traducen la voluntad política- la requisa de los familiares como posibles portadores de estos elementos.
La idea, como justificativo de la práctica de la requisa y de su autorización legal, se encuentra presente también en el discurso de algunas mujeres entrevistadas. Muchas de ellas, en particular aquellas que se encuentran "familiarizadas" con la institución, señalan que la minuciosidad en la requisa responde, en parte, a los casos protagonizados por mujeres que se arriesgan ingresando droga y, en parte, a aquellos detenidos que constriñen a sus familiares a proveerlos de sustancias: "como acá nos tratan a todos por igual, entonces pagamos el pato todas..." [Natalia, 33 años, esposa de un detenido].
De hecho, en los breves momentos de resistencia a la inspección, cuando las mujeres reaccionan o pretenden substraerse a la violencia de exponer el cuerpo frente al
personal requisador, argumentan que ellas van a la cárcel "para visitar a sus familiares y no para ingresar drogas al penal". Notable es advertir cómo las reacciones del personal tienden invariablemente al descreimiento, la subestimación, la burla y la insistencia en la sospecha como mecanismo de control.
Así, en el caso de Joana9, su resistencia a la requisa y la alianza entre su madre y la institución, ponen de manifesto cómo se configura esta situación: la joven, de apenas 14 años, avergonzada, se resiste a desnudarse delante de las empleadas a las que considera "asquerosas", y argumenta con mucha rabia -de hecho, había pasado una semana entre la visita y su relato y aun continuaba enojada- que no lleva nada para su tío pero es la madre quién, temerosa de las represalias que podrían tomar sea con el hermano que con su marido detenidos, refuerza la orden de la requisadora para que, finalmente, Joana acceda al registro:

Joana: ¡esas señoras [las requisadoras] son tan asquerosas!
Vanina: ¿por qué? ¿te dijeron algo que no te gustó?
Joana: cuando me revisaron, ¿viste?, te hacen sacar la ropa...
Vanina: ¿y cuando eras más chica también?
Joana: si [se ríe nerviosamente] cuando era chica te revisaban así nomás, ahora te tocan toda, te dicen ‘bajáte los pantalones, dale’. Yo una vez les dije ‘no traje droga ni nada para darle a mi tío’, les dije así y entonces la policía me miró: ‘igual’, dijo, ‘bajáte igual los pantalones’ y yo la miré a mi mamá y ella me dijo ‘Joana bajátelos’ [imposta la voz de su madre, sugiriendo el tono de una orden] y tuve que bajármelos y después el corpiño también...
Vanina: y cuando eras chiquita ¿cómo era?
Joana: distinto, antes me tocaban así nomás [me indica que la "cacheaban"], ahora te dicen ‘bajate los pantalones, bajáte la bombacha’...
Vanina: ¿y ya te acostumbraste?
Joana: no [respuesta absoluta], todavía me da vergüenza.
Vanina: ¿y siempre estuvo presente tu mamá?
Joana: si, pero mi mamá no mira, mi mamá mira para otro lado porque la que te mira es la empleada.

En varios casos, frente al surplus de violencia que una sospecha generalizada significa, las mujeres requisadas intentan recuperar el respeto localizándolo fuera del cuerpo, minimizan así la exposición a la que se ven obligadas exigiendo que sus historias personales, basadas en años de visita en distintas cárceles del país sin haber ingresado nunca un elemento prohibido, sean consideradas y valorizadas.

"yo siempre voy tranquila porque yo no llevo nada, ¿viste?, porque vos sabes como es la cosa, entonces yo no llevo nada, a mi no me afecta si me revisan, si me hacen agachar, si me ponen patas para arriba [...] Pero yo quiero que vean, que entiendan que yo nunca llevé nada" [Carina, 46 años, madre de un detenido].
"...la agente está sentada y me dice ‘bueno, a ver, levantáte el corpiño, bueno, a ver, levantáte el pelo. Y te dice ‘bajáte...’, hay mujeres a las que les hacen hacer flexiones las empleadas, a mi también me pasó, si, y me molestó mucho, me puse re mal, yo soy una mujer grande. Después estuve averiguando porque me quedé muy mal.... ¡Así me hicieron hacer! [se incorpora y se agacha indicándome la posición que le habían exigido en una requisa] ¡Te juro, tenía unos nervios! [incluso en el relato se altera nuevamente] y yo les dije ‘yo jamás le voy a traer esa porquería a mi hijo’ (...) hay momentos que me dan ganas de pegarles, de pegarles [se enoja], yo jamás voy a tener un antecedente" [María, 51 años, madre de un detenido].
"...yo le digo [a la requisadora], ‘no veo las horas de que salga mi hermano, mirá si le voy a estar trayendo esa porquería!’...y me dice ‘¿sabés cuántas dicen lo mismo y sin embargo les traen?’ ‘si, puede ser, le digo, pero yo no.’" [Leticia, 32 años, hermana de un detenido].

Estas situaciones no se producen solo respecto de las mujeres, también los visitantes varones experimentan situaciones de maltrato. La diferencia es solo posterior, en el sentido que estos varones -en algunos casos padres, en otros casos hermanos- tienen la opción de no concurrir más a la prisión. Así surge de diversas entrevistas, entre ellas la de María, madre de un detenido encarcelado hace 14 años; o la de Irma, cuyo hijo se encuentra detenido hace casi dos años. Ambos, en la cárcel de Las Flores.

María: No, Mariano [hermano del detenido] no quiere ni pisar la puerta de la cárcel.
Vanina: ¿tuvo una mala experiencia?
María: si, en la requisa, pobrecito, porque él no sabía. El no sabía cómo era la requisa porque yo no le expliqué nada antes, entonces no sabía que se tenía que desvestir "dale, sacáte la ropa, no te hagas el canchero" dice que le dijo el empleado y el era chico...
Vanina: ¿cuántos años tenía?
María: dieciséis, y a partir de esa vez no quiso ir más.

Irma: a él [su marido] no le gustó, bah, le hizo mal, no aguantó la requisa cuando entró y después tampoco le gustó estar ahí..., quería irse y parece que no se lo permitían. Él me dice que no puede, que no aguanta estar ahí. La única vez que fue salió descompuesto y me decía: ‘Irma, yo no puedo aguantar esas cosas’.

Esta posibilidad de reaccionar interrumpiendo la visita parece descansar en la convicción de que las mujeres -la madre, la esposa, la hermana- continuarán visitando al detenido y no lo abandonarán, pero el mismo gesto sirve también para reforzar la dependencia que esto crea en los vínculos de los detenidos con las mujeres de la familia y que se traduce, como sugieren diversos autores (Bouchard, 2007; Ricordeau, 2008; Touraut, 2012), en una prisionización secundaria para éstas.
En este sentido, si bien el análisis que aquí presento no es definitivo, el trabajo de campo realizado en las cárceles de la provincia de Santa Fe, parece coincidir con las conclusiones del Observatorio del sistema penal y los derechos humanos de la Universidad de Barcelona (2006) en relación con las prisiones españolas y de Le Queau (2000) en relación a las francesas, esto es que el universo de los familiares de personas detenidas está configurado en femenino, las consecuencias del encarcelamiento repercuten especialmente sobre las mujeres, desde el momento que son ellas -madres, compañeras, esposas, hermanas e hijas- las que asumen las mayores responsabilidades (Vianello, 2010).
Sin embargo, no es nueva la noción de sospecha asociada al cuerpo y, menos aún, al cuerpo femenino. Pero, lo que me interesa aquí es poner de manifiesto en qué medida la puesta en práctica de esta sospecha constituye lo que Schepper-Hughes (2005) ha denominado una violencia cotidiana, es decir la producción social de indiferencia a la brutalidad institucionalizada Bourgois (2011: 36).

Anita10: cuando yo fui casi me muero [alza la voz para imitar a la empleada] porque me dice: "bajáte la bombacha, sacáte el pantalón, sacáte las botas, sacáte la bombacha’
Vanina: ¿te dijeron que te saques la bombacha?
Anita: si, ‘agachate...’ y yo le digo ‘¿cómo me agacho? así, bien así [se incorpora y me muestra cómo debía agacharse, es decir, colocarse en posición de animal] y bien abierta... vos te tenías que agarrar la cola y abrirte bien para que ellos con una linterna te miraran...
Vanina: ¿con una linterna?!
Anita: si, ¡yo casi me infarto! encima te hacían abrirte, que vos te abras: así era la requisa
Vanina: ¿y vos nunca lo denunciaste?
Anita: no, porque la requisa era así. Es así la requisa allá [en Chaco] es feo. Es feo. A mi se me salía el corazón. Porque si yo...
Vanina: ¿y eso le hacían a todas o a algunas en particular?
Anita: ¡no, no, a todas! Hasta las señoras grandes....

Dora: [...] ellas te hacen sacar toda la ropa, te hacen agachar así, como si fuera un animal, ponerte en cuatro patas, y después te abren de atrás
Vanina: ¿empleadas mujeres?
Dora: si [...]
Vanina: ¿y usted nunca se quejó?
Dora: no... (se pone a llorar desconsoladamente).

Frente a estos relatos sumamente difíciles de escuchar11 porque se refieren a lo que Bourgois (2011) llama experiencias personales de niveles intolerables de sufrimiento, creo que pueden plantearse al menos tres espacios de discusión: en primer lugar, el que ve en estos relatos una reactualización de prácticas de tortura que podrían creerse superadas (Basaglia, 2009; Schepper-Hughes 2005; Dei, 2005); en segundo lugar, la reafirmación del espacio carcelario como un espacio despótico (Chauvenet, 2006; Chantraine, 2004) y, finalmente, el problema que estos relatos presentan a la escritura etnográfica.

Reactualización de la tortura

Como ya señalara, la perspectiva desde la cual analizo los mecanismos que la prisión predispone para permitir el ingreso de familiares y amigos de personas presas detenidas, difiere de la que podría denominarse una mirada "clásica".
De hecho, en el trabajo de los antropólogos clásicos (aunque con notables excepciones), apenas algún tipo de conflicto expropiaba el campo, el antropólogo lo abandonaba o se trasladaba. Esto tenía que ver, en parte, con el trabajo en solitario y la necesidad de resguardar la propia integridad física, pero, desde un punto de vista sustancial, respondía también a la convicción de que los períodos de conflicto social, político o económico impedían observar la sociedad en condiciones normales, es decir que no podían captarse las "normales estructuras sociales y las instituciones culturales del pueblo estudiado: la organización ecológico-económica, la parentela, el sistema político, la religión, etc." Dei (2005: 10).
Luego, adoptando esta perspectiva que reconoce el lugar no neutral de la antropología, considero especialmente productivo analizar la requisa a los familiares12, adoptando la noción de continuum de violencia que formulara Schepper-Hughes (2005).
Esta noción se desprende, o bien se encuentra cercana al concepto de "crímenes de paz" que fuera formulado por Basaglia en 1975 (2009: 24 y ss) para referirse a las acciones perpetradas por los técnicos profesionales en las instituciones, en nombre de la ideología de la asistencia, del cuidado, de la tutela de los enfermos y de los mas débiles, o en nombre de la ideología de la punición y la rehabilitación. Este continuum pone en relación los crímenes que se cometen en estado de guerra, considerando a éstos como ordinarios y por lo tanto admitidos por la opinión pública -ya que gozan de cierto consenso- y los crímenes de guerra que se cometen en épocas de aparente no
conflictividad. Recuperando la frase de Walter Benjamín (Taussig, 2005), estos crímenes en épocas de paz están vinculados con los crímenes de guerra, al punto de considerarse una continuación de éstos porque en nuestras sociedades "el estado de excepción en que vivimos no es mas la excepción sino la regla".
Los crímenes de paz son actos originariamente no vetados cuyo mecanismo de acción consiste en la reducción del otro al status de no-persona, brindando así una"estructura, un significado y una lógica a las cotidianas prácticas de la violencia Schepper-Hughes (2005: 282), son las formas cotidianas que adopta la violencia institucional y es a través de estos crímenes que se posibilita un cierto tipo de paz al interior de la institución, la quietud de la cárcel que se traduce en la ausencia de conflictos explícitos.
Ahora bien, la confluencia entre período de paz y de guerra viene dada, en este caso, por una serie de características tales como: una clara fijación sobre el cuerpo -en particular el cuerpo femenino, incluso cuando la mujer está menstruando13 o con los signos típicos de un post-parto-, la higiene, la esencialización de las personas requisadas a quienes se trata por su condición de parientes de un detenido y no por la comisión de algún tipo de infracción, y la concentración en una población particularmente vulnerable, es decir "tipologías de personas consideradas desechables" Schepper-Hughes (2005: 284).

Vanina: ¿y cuánto tiempo tenía la bebé?
Natalia: dos días de nacida
Vanina: ah, muy chiquita la llevaste...
Natalia: si, es que él estaba desesperado por ver a su hija (...) así que eso fue una experiencia también...
Vanina: y en esa visita especial, ¿también te requisaron?
Natalia: si, si, y a ella también
Vanina: ¡¿a la bebé?! [preguntó azorada]
Natalia: si...y ellas [las empleadas] sabían bien, porque vos a la cárcel no podés entrar menstruando y yo estaba con las pérdidas del post-parto y bueno...me obligaron a cambiarme el absorvente y ponerme otro delante de ellas... [Natalia, esposa de un detenido].

Espacio de la prisión como espacio despótico.

Ahora bien, esta configuración de la requisa corporal como un crimen de paz refuerza la posibilidad de interpretar el espacio carcelario como un espacio despótico. Chauvenet (2006), pero también Chantraine (2004), basándose en la filosofía política neo-romanista o clásica, sostienen que la pena de prisión es el espacio del despotismo y, en éste, la requisa como micro-representación de la violencia tampoco se entiende de manera autónoma sino como aspecto constitutivo de una institución despótica.
Allí donde no existe un espacio público (una "vida pública políticamente garantizada" dice Chauvenet (2006) o donde no existe la posibilidad del disenso, se abre el espacio despótico que en este caso se identifica con la pena de prisión.
Uno de los aspectos tipificantes de los regímenes despóticos es la labilidad de sus reglas, la fragilidad intrínseca del sistema no obstante su aparente rigidez. Este carácter aleatorio de las reglas está presente en cada uno de los testimonios de las mujeres sujetos de esta investigación. En particular, cuando les pedía una valoración de la requisa, eran frecuentes los comentarios del tipo: "la requisa depende de quién te toque, y cómo tuvo el día la que te tocó...el pié con que se levantó..." [Celeste, novia de un detenido], o bien "Ahora yo estoy embarazada., tengo que bajarme la bombacha, el corpiño y nada mas pero yo veo que a otras las revisan muy distinto, la requisa es distinta según el día" [Leticia, esposa de un detenido].
En suma, se trata siempre del espacio del no-derecho, o bien del espacio construido sobre la aporía fundamental entre privación de libertad y derecho (Chauvenet, 2006) y del cual, la violencia institucional no es mas que uno de sus elementos intrínsecos.

Cómo escribir la violencia

No se trata, en este caso, de optar entre modelos clásicos y postmodernos de escritura etnográfica. En realidad, frente a situaciones de violencia sistemática es la coherencia interna de un determinado orden de cosas, la que resulta alterada y desintegrada. Frente a esta ruptura, se altera también el objetivo inicial de la escritura (antropológica) clásica de "restituir un orden cultural, el ethos de una sociedad, la profunda coherencia de un sistema de vida" (Dei, 2005). Tratándose en esta investigación de la descripción de situaciones de violenta exposición del cuerpo humano, en particular del cuerpo femenino, la escritura tiende a "restituir el sentido de la disolución de un mundo cultural" Dei (2005: 15).
La forma en que la prisión argentina ha organizado el ingreso de los familiares para visitar a los detenidos, por su violencia reiterada y sistemática, se enfrenta directamente con la subjetividad de estos familiares. De modo similar a lo que sucede dentro de la cárcel con los detenidos, en el exterior los parientes resultan asimilados a un objeto y tratados como tales: las esperas tienen lugar a la intemperie independientemente de
las condiciones climáticas, niños pequeños, madres y padres, hermanas, esposas, novias, esperan durante horas para "comenzar a entrar"; durante las horas de espera las condiciones de salubridad son inexistentes14; durante la requisa el personal dirige al visitante ordenes que deben cumplirse mecánicamente: "levantáte la remera, levantáte el corpiño, dalo vuelta, listo. Bajáte el pantalón, bajáte la bombacha, cambiáte la toallita, agacháte, subite, listo. Sacáte las zapatillas, sacále la plantilla, listo"15; en otros casos, el mismo personal no solo emite órdenes sino que bromea acerca de un familiar que se niega a desnudarse (y estas bromas podrían leerse, también, como una suerte de provocación al conflicto); y como confirmación de la objetivación de la persona del visitante, la requisa corporal se realiza en pequeñas habitaciones desprovistas de puerta16, de modo tal que los empleados pero también el resto de las visitantes que una vez terminada la requisa se dirigen a la entrada propiamente dicha del penal, pasan a lo largo de estas habitaciones donde las mujeres esperan, semi-desnudas, la confirmación de que no llevan consigo nada "peligroso".
"No hay cortina ni nada. Hay tres piezas, ¿entendés?, en la última tenés la puerta que está frente a la policía17. Y bueno, ahí tenés el hueco de la puerta que es abierto... así que la gente pasa y, digamos, pasan para el otro lado y te ven...está bien que somos todas mujeres pero ¡hay que tener un poco de respeto! ¿Por qué te tiene que ver la cola todo el mundo? (...) los internos ahora saben que no hay cortina, por eso están reclamando" [relato de María, 51 años y Viviana, 32 años, madre y hermana de un detenido a quien visitan hace 14 años en diversas prisiones de la provincia].
Cuando estas personas son tratadas como materia inerte que puede ponerse adelante, atrás, quedar en exposición, ser observados, registrados, cuando la mínima privacidad no existe, cuando el estado de los lugares en que se realiza la requisa -es decir el ingreso de la prisión- denota un total abandono, cuando el personal se siente legitimado para ordenar a una visitante "bañate y después volvé, no seas sucia..." manifestando así, con actos y palabras el disgusto de tratar con estas personas, "la persona atrapada en el cuerpo inadecuado puede llegar a verse como "sucio", "repugnante", "desagradable", como un objeto o una no-persona" (Scheper-Hugues, 2005: 288).
¿Cómo escribir, entonces, acerca de esta "forma cotidiana de violencia institucional"18? O bien, parafraseando a Taussig (2005) ¿cómo escribir sobre la violencia contra la violencia?
Frente a las descripciones pormenorizadas de las mujeres que visitan a sus hijos, hermanos, padres y maridos (o concubinos) acerca de la exposición corporal a la que se ven obligadas durante la requisa, pero también en la trascripción de sus opiniones acerca de los demás familiares, la etnografía se enfrenta con sus problemas característicos: "la puesta en escena del espectáculo del dolor y el sufrimiento" Dei (2005: 18) y las perplejidades e interpretaciones ambiguas a las cuales esta escritura puede dar lugar.
La ambigüedad a la que se refiere Dei viene dada, en este caso, por la posible interpretación de estos relatos como una reiteración de la violencia ya padecida, a través de la exposición obscena de la intimidad de los sujetos de la investigación (o riesgo voyeurístico, en términos de Bourgois, 2004). Sin embargo, el mismo autor señala la esterilidad de esta suerte de auto-coerción que el etnógrafo debería ejercer sobre sí mismo para tomar una posición cuando se trata, inevitablemente, de una tensión que es necesario asumir críticamente sin pretender resolverla. Bourgois (2005, 2011) insiste en la trascripción directa, sin auto-censuras, que permita conocer y re-conocer las voces de los sujetos de la investigación. Mas aún cuando nos movemos en territorios poco explorados -y el universo de los familiares de las personas detenidas es uno deéstos- la visibilidad, en el sentido político del término, puede comenzar, precisamente, por la recuperación de la voz de grupos sociales sumergidos.

Consideraciones finales

No obstante haber señalado las características negativas e incluso brutales que configuran, de modo excluyente, las visitas de los familiares en las cárceles santafesinas, esto no debería conducir a conclusiones reduccionistas. Es decir, son plausibles y siempre estimulantes las decisiones de los tribunales internacionales en los cuales se insta a la Argentina a adoptar buenas prácticas en materia de registro de visitas, lo que, en gran medida no requeriría mas que importar a las prisiones los mecanismos que garantizan la seguridad -en especial frente al tráfico de estupefacientes y armas- en otros espacios públicos en los cuales por cuestiones que no he aquí analizado -en especial la selectividad del sistema penal que recluta su clientela en grupos sociales vulnerables- la clase social que se ve involucrada es otra: me refiero, en particular, a los controles de seguridad en aeropuertos.
Sin embargo la descripción que aquí presento acerca de los diversos ángulos desde los cuales puede observarse esta práctica que dice responder a necesidades de seguridad de la institución, tiende no tanto a promover su reforma -a través de la introducción de medios tecnológicos adecuados o bien, como sugirió el comité contra la tortura, a través de la requisa del detenido luego de la visita, solución ésta ciertamente discutible dado que no hace mas que trasladar el padecimiento y la exposición corporal incrementando los momentos de sometimiento del detenido- como a reforzar la visibilidad de la estructura tiránica de la institución penal.
El imperativo securitario que preordena muchas de las decisiones de gobierno de las prisiones reposa en una tautología: la constatación de fenómenos conflictivos -en este caso, particularmente, los que derivan del trafico de estupefacientes al interior de la prisión- y el clima de violencia omnipresente parecen brindar argumentos legitimantes a las coerciones securitarias Chantraine (2009: 107) tales como la requisa intensiva de las familias como condición para el ingreso.
Sin embargo, el estudio en profundidad de la requisa, los efectos corporales y emocionales que ésta provoca no solo en los familiares sino en los propios detenidos que son conscientes de la "contaminación" institucional que la visita genera en las relaciones familiares, permite captar aquellos elementos que acercan esta práctica securitaria a un régimen despótico, en particular el elemento del temor como principio ordenador así como la intensa fragilidad de las normas que la regulan y pone de manifiesto (una vez mas) en qué medida estas normas forman parte del problema -en el sentido de intensificar la violencia del sistema- en lugar de tender a contrarrestarlo.

Notas

1 De hecho, en el Informe 38/96, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se expidió acerca de la acusación formulada por la esposa de un detenido y su hija -de tan solo 13 años- sometidas a inspecciones vaginales en una cárcel del Servicio penitenciario federal. En dicha resolución, la CIDH consideró que el Estado argentino había violado los derechos de la señora y su hija, consagrados en los artículos 5, 11 y 17 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Estableció, asimismo, que "las inspecciones vaginales u otro tipo de inspecciones corporales de tipo invasivo deben ser realizadas por personal médico acreditado"

2 La investigación a la que hago referencia en este artículo forma parte del trabajo de campo realizado con detenidos y familiares de detenidos provenientes de prisiones, masculinas y femeninas, de la provincia de Santa Fe, durante el bienio 2011-2012, para la preparación de mi Tesis doctoral titulada: "La larga sombra de la prisión. Etnografía de los efectos extendidos de la prisión en Argentina". Luego de una minuciosa investigación documental en las prisiones involucradas, el trabajo de campo apeló a las entrevistas en profundidad y las historias de vida de vida de las personas detenidas y de sus familiares acerca de la forma en que las familias resultaban "atravesadas" por la experiencia del encarcelamiento de uno de sus miembros.

3 Tan caras, por otra parte, a las teorías de la resocialización que pretenden observar en "el afuera" los cambios positivos que el "tratamiento" correccional debería producir en el sujeto.

4 Expresión con la que detenidos y familiares hacen referencia a un conjunto de bienes necesarios para la alimentación y la higiene durante la semana.

5 Si bien las descripciones que hacen las personas entrevistadas están referidas a sus experiencias en las prisiones santafesinas, aquéllas que han visitado a sus familiares en otras prisiones del país, tienden a señalar estas "reglas" como generalmente válidas, independientemente de la prisión en que se actúen.

6 Las mujeres jóvenes en general colaboran o informan a las mujeres ya adultas o ancianas que concurren a visitar a sus hijos o nietos detenidos, pero tienden a evitarse, incluso las simples conversaciones, con mujeres de la misma edad. Evitación preordenada -según lo que me explicaron algunas entrevistadas- en función de los posibles conflictos que pueden existir adentro entre sus respectivos familiares detenidos.

7 Distinto, claramente, de los estados observadores que Cohen reconoce como una categoría diferenciada que hace referencia a los gobiernos y la comunidad internacional.

8 Y no solo las primeras requisas, dado que gran parte de la violencia característica del día de visita viene dada por el estado de abandono de los lugares en que se realiza.

9 Joana es una adolescente que reparte su día entre la escuela y la atención del puesto de venta callejero que tiene su madre. Desde pequeña visita a su padre y tío detenidos en las dos cárceles masculinas de la provincia.

10 Anita tiene 37 años y su marido se encuentra detenido hace 7 años.

11 Reproduzco aquí solo dos de los muchos relatos que adquieren una homogeneidad violenta en la descripción de las requisas.

12 Diferente, por motivación, finalidad y mecanismo, a la que se practica a los detenidos, cuya configuración la acerca en mayor medida a una herramienta que se utiliza, aleatoriamente, para el control como para el castigo.

13 Si bien algunas de las mujeres entrevistadas afirman que no se puede ingresar a la cárcel cuando se está menstruando, la situación no es clara. Aquéllas que han preguntado explícitamente a las autoridades penitenciarias los motivos de la prohibición, dicen que para las empleadas es anti-higiénico admitir el ingreso en esas condiciones. Como señalan estas mujeres, en coincidencia con las recomendaciones del Comité contra la tortura (ver nota 1), esto no sería así si la requisa fuera practicada por personal sanitario.

14 "[...] el baño a disposición es uno, es un inodoro nomás, todo sucio...porque no ponen ni un cesto, no ponen nada, está todo sucio, el papel higiénico por el piso, incluso hasta hace poco no tenía agua, así que imagináte lo que era...". [Viviana, 32 años, hermana de un detenido].

15 La síntesis de este mecanicismo que acompaña la requisa corresponde a Beatriz, 33 años, ex esposa de un detenido y hermana de otro.

16 Lo mismo sucede, en algunas prisiones, con los consultorios en los que se llevan adelante entrevistas con psicólogos y/o asistentes sociales: pequeñísimas habitaciones, iluminadas con ventiluces de vidrios fijos que impiden la circulación de aire y desprovistas de puertas. De esta forma, la conversación que el detenido mantiene con los profesionales, deviene (semi) pública: desde el pasillo que comunica todos los consultorios, pueden escucharse todos los diálogos (a lo que contribuye la voz de los detenidos que, habituados a comunicarse a través de gritos de una celda a otra, de un patio a otro de los pabellones, generalmente es muy alta). De este modo, la privacidad, constitutiva de la relación del detenido con el profesional que lo escucha, desaparece. Uno de los pocos espacios que debería servir para resguardar la subjetividad, no hace más que confirmar su pérdida.

17 Con "policía" hace referencia a la habitación en la que tienen su sede los empleados penitenciarios.

18 Las formas cotidianas de la violencia de Estado, los crímenes de paz, posibilitan un cierto tipo de "paz" interna. (Sheper-Hughes, 2005: 283)

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