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Prismas

versión On-line ISSN 1852-0499

Prismas vol.20 no.2 Bernal dic. 2016

 

Dossier: La independencia de 1816 más allá del Río de la Plata

La Declaración de la independencia de las Provincias Unidas en Sud-América viaja a los Estados Unidos

 

Mónica Henry
Université Paris Est-Créteil (UPEC)

 

En julio de 1817 llegó a Washington Manuel Hermenegildo de Aguirre llevando consigo el Acta de la Independencia del 9 de julio de 1816 y cartas de Juan Martín de Pueyrredón, Bernardo O'Higgins y José de San Martín dirigidas al presidente de los Estados Unidos, James Monroe. Estos le solicitaban que recibiera oficialmente al agente de las Provincias Unidas y además le informaban de la expedición naval que estaban organizando en Chile contra el ejército realista en el Perú. El objetivo inicial del viaje se limitaba entonces a la compra de embarcaciones de guerra estadounidenses para la escuadra que comandaría San Martín en 1820 y a la obtención del reconocimiento diplomático de Aguirre. Sin embargo, por propia iniciativa el agente pidió al secretario de Estado John Quincy Adams que los Estados Unidos reconocieran la independencia de las Provincias Unidas.1

En Washington, el pedido de Aguirre abrió el debate sobre la South American Question, el cual se llevó a cabo en tres tiempos. En octubre de 1817, Monroe reunió a su gabinete para discutir las preguntas siguientes: ¿Podía el poder ejecutivo reconocer a nuevos estados cuyas independencias no habían sido reconocidas por la madre patria, y entre los tales partidos existía una guerra causada por dicha emancipación? ¿Podía ser considerado como un reconocimiento de su independencia enviar a, o recibir un ministro de un nuevo Estado en tales circunstancias? ¿Podía la madre patria considerar un tal reconocimiento como causa justificada de guerra? ¿En aquel momento le convenía a los Estados Unidos reconocer la independencia de las Provincias Unidas u otra parte de los dominios españoles en América que se encontraban en rebelión?2 A ,fin de año, Adams se reunió con Aguirre para informarse sobre la situación política y militar en el Río de la Plata, especialmente sobre el conflicto entre las Provincias Unidas y el general José Artigas de la Banda Oriental. Adams y Aguirre intercambiaron información por vía epistolar hasta la partida del agente en septiembre de 1818. Por último, la comisión de relaciones exteriores de la Cámara de representantes requirió al ejecutivo los documentos pertinentes para decidir si el pedido de reconocimiento debía discutirse en sesión plenaria. En marzo de 1818, durante el debate sobre la ley de presupuesto, el Speaker de la Cámara Henry Clay presentó una moción pidiendo 18 000 dólares para enviar un ministro a Buenos Aires. Fue entonces que los representantes estadounidenses confrontaron argumentos a favor y en contra del reconocimiento de las Provincias Unidas.

La reunión de gabinete, la entrevista personal entre Aguirre y Adams y el debate parlamentario en Washington ocurrieron en una situación de puja entre los poderes ejecutivo y legislativo sobre sus competencias respectivas en cuestiones de política exterior. El problema consistía en determinar a qué poder le competía iniciar el procedimiento de envío de un ministro plenipotenciario. Por otro lado, en la década de 1810 existía en los Estados Unidos un único partido nacional, el de los Republican Democrats. Por esta razón, los diferendos entre regiones y personas jugaban un papel preponderante en esa pulseada de poderes. Sobre la cuestión de la South American Question, Henry Clay, representante de Kentucky y defensor de los intereses del Oeste, se oponía a la mayoría de los sureños cuyo portavoz era John Forsyth, de Georgia. La discordia principal entre las regiones del Oeste y del Sur de los Estados Unidos residía en la estimación del beneficio económico que se ganaría si la independencia de las Provincias Unidas fuera reconocida. El reconocimiento implicaría que se normalizaran las relaciones comerciales con las repúblicas hispanoamericanas liberadas del monopolio español. Los Westerners (los habitantes de los estados de Ohio, Kentucky y Tennessee) podrían así exportar sus productos a América Central y del Sur haciéndolos transitar por el Mississippi y Nueva Orleans. En cambio, para los sureños el libre comercio permitiría la importación de productos agrícolas hispanoamericanos que competirían con la producción local. Es decir que los representantes del Oeste veían en el reconocimiento una oportunidad para su economía regional, mientras que los del Sur, una amenaza para la suya.3 En fin, los políticos estadounidenses también se dividieron al evaluar las consecuencias que tendría el reconocimiento para las relaciones entre los Estados Unidos, España y Gran Bretaña. Pero aquí se alinearon más por la comprensión personal de cada uno de ellos de la coyuntura internacional que por cuestiones de interés regional.

Al desacuerdo entre los parlamentarios se agregaba el enfrentamiento entre el Speaker Clay y el secretario de Estado Adams, quien contaba con un apoyo considerable en la Cámara. Ambos habían formado parte de la misión diplomática que había negociado en diciembre de 1814, en Gante, el fin de la guerra entre los Estados Unidos y Gran Bretaña. Clay se había opuesto a Adams cuando este propuso conceder a los británicos la libre navegación del Mississippi a cambio del permiso a los estadounidenses para pescar en las aguas de Newfoundland, en Canadá. Según Clay, esta propuesta, que finalmente no se concretó, hubiera favorecido a la industria pesquera de la Nueva Inglaterra, de donde era oriundo Adams, en detrimento de la economía del Oeste, cuya prosperidad dependía del control exclusivo de las aguas del Mississippi. La animosidad entre los dos hombres se agravó cuando Monroe nombró a Adams secretario de Estado en lugar de Clay. Tradicionalmente la Secretaría de Estado aseguraba a su titular la posibilidad de acceder a la presidencia en las próximas elecciones. A partir de este hecho, Adams sospechaba que Clay, quien abrigaba aspiraciones gubernamentales, había presentado la moción del envío de un ministro a Buenos Aires con el único propósito de desestabilizar al ejecutivo. En fin, Clay tampoco gozaba de la confianza de algunos de los representantes, quienes no olvidaban su pasado de "halcón". El Speaker había estado, en efecto, al frente de un grupo de parlamentarios identificados como los War Hawks (halcones), que habían coaccionado al presidente Madison para que declarara la guerra a Gran Bretaña en 1812. En 1817, permanecía aún el recuerdo vivaz de un conflicto en el cual los Estados Unidos habían logrado, por un escaso margen, no caer ante los británicos. La guerra había expuesto, sobre todo, la debilidad militar de la joven república, como lo mostró el saqueo de Washington por las tropas inglesas en 1814. Por otra parte, el conflicto había infundido en la población un sentimiento de antiguerra. Por estas razones, cuando presentó la moción de reconocimiento, Clay se defendió prontamente de querer provocar a España, lo cual hubiera podido desembocar en otra guerra.4

Tampoco existían precedentes útiles en la diplomacia estadounidense para tratar el pedido de Aguirre. Cuando en 1789 estalló la Revolución Francesa, los Estados Unidos y Francia ya estaban ligados por el tratado de amistad y comercio de 1778, que no se anuló con la caída de la monarquía. La vigencia del tratado significaba que los Estados Unidos reconocían el nuevo régimen francés.5 Por otro lado, el gobierno de Thomas Jefferson no había reconocido la independencia de Haití de 1804. El gobierno había considerado que no podía permitirse establecer relaciones diplomáticas con una nación gobernada por antiguos esclavos y libres de color cuando la mayoría de la población negra estadounidense permanecía esclavizada. En fin, en 1811 la Junta de Caracas pidió su reconocimiento al presidente James Madison. Pero Madison rechazó la solicitud de los revolucionarios argumentando que Venezuela se encontraba en una situación inestable.

Sin embargo, el pedido de las Provincias Unidas del Río de la Plata de 1817, que había afianzado su autonomía desde 1810 y resistido la reconquista española, representaba una nueva situación que exigía otra consideración. Los ministros de Monroe y los parlamentarios recurrieron entonces a la law of nations, es decir al derecho internacional. En efecto, muchos de ellos habían leído al jurista holandés Hugo Grotius, a los alemanes Georg Friedrich von Martens y Samuel von Pufendorf, y sobre todo al filósofo y diplomático suizo Emer de Vattel: su libro Le Droit des gens sirvió de referencia principal para los debates sobre la South American Question. El conocimiento de la obra de Vattel les proveyó a los estadounidenses el marco teórico para discutir si reconocer o no la independencia de las Provincias Unidas. El análisis del debate sobre la South American Question a la luz de lo establecido por Vattel permite comprender qué preguntas fueron planteadas y cómo fueron discutidas. De ninguna manera se trata aquí de quitarle importancia a los argumentos de orden geopolítico y económico esgrimidos durante la discusión, sino de exponer los fundamentos comunes sobre los cuales los políticos se apoyaron para discutir acerca de la política exterior estadounidense en general y sobre las Provincias Unidas en particular.

Según Emer de Vattel, una nación es un grupo de individuos libres que viven juntos en un Estado natural. Las leyes naturales que rigen a las gentes también rigen a las naciones, y por ende la jurisprudencia internacional es la ciencia que enseña los derechos existentes entre los estados y los deberes correspondientes a tales derechos. En Le Droit des gens el autor desarrolla, entre otras cuestiones, las de la soberanía, los derechos y obligaciones del soberano, la igualdad entre las naciones, la guerra y la neutralidad, los tratados de alianza y de comercio.6 Con estos temas en mente los estadounidenses se plantearon las siguientes preguntas: ¿Comó calificar la guerra entre el rey Fernando VII y sus súbditos? ¿Cuál de los beligerantes luchaba por una causa justa? ¿Era justo que España declarara la guerra a una nación neutral como los Estados Unidos en caso de que el gobierno de Monroe reconociera la independencia de los dominios ultramarinos de Fernando VII? ¿Cuán soberanas eran las Provincias Unidas?

Desde el comienzo del movimiento de emancipación hispanoamericana, los observadores estadounidenses calificaron de guerra civil el conflicto entre la monarquía española y sus colonias. Habían leído en Vattel que si los sujetos decidían oponerse al soberano por razones justas, tal disturbio debía llamarse guerra civil, y no rebelión, que era la resistencia injusta contra la autoridad legal. Si el soberano se había comportado como un tirano, la justicia estaba del lado de quienes lo desobedecían. Si el soberano violaba las leyes fundamentales y rompía el contrato que lo unía al pueblo, este podía sustraerse a su obediencia. De ese derecho indiscutible, concluía Vattel, nacía una república.7 Se trataba entonces de dejar bien claro que Fernando VII, y por ende España, habían actuado despóticamente. Al principio del discurso en la Cámara, Henry Clay aseguró a los demás representantes que los hispanoamericanos habían sufrido siglos de tiranía y esta situación los había instado a liberarse de tal opresión. La causa de las revoluciones de independencia era, por lo tanto, justa, y la represión sangrienta del ejército realista del General Pablo Morillo en Venezuela y Nueva Granada, en 1815, no hacía más que darles la razón a los revolucionarios.8 Los compatriotas de Clay no tenían dudas sobre este punto. Además, tampoco simpatizaban con los españoles: por una parte, por la Leyenda Negra que habían aprendido en la escuela; por otra parte, la irresolución de los diferendos territoriales entre los Estados Unidos y España había creado un clima de sospecha y desconfianza entre las dos naciones.

Los estadounidenses debían entonces definir la posición de los Estados Unidos respecto de la guerra civil en el imperio español. Por un lado, Vattel explicaba que una nación extranjera debía abstenerse de interferir en los asuntos interiores de un estado independiente. Por otro lado, Vattel precisaba que un soberano y sus opositores podían permitirle a una nación amiga que los ayudase a resolver sus disputas.9 Que los Estados Unidos cumplieran esa función reconciliadora era imposible para dirigentes que seguían una política exterior de neutralidad estricta. Sin embargo, en un conflicto civil se aplicaban las leyes de la guerra, lo cual implicaba que a ambos partidos les correspondían los mismos derechos.10 Es decir que tanto los cónsules españoles como los "diputados de los gobiernos revolucionarios hispanoamericanos" debían ser tratados con igualdad y se les debía garantizar por tanto las mismas ventajas, argüía Adams. No obstante, el secretario de Estado le aclaró a Aguirre que podía permanecer en los Estados Unidos con la condición de que respetara las leyes de neutralidad del país. Estas le prohibían a toda persona en territorio o jurisdicción estadounidense preparar una expedición militar contra una nación con la cual los Estados Unidos mantenían relaciones pacíficas.11

Si bien es cierto que la política de neutralidad era cardinal para el gobierno de Monroe, este también se planteaba cómo conciliar dicha política con otro principio enunciado en Le Droit des gens. Se trataba del principio según el cual en caso de guerra civil, una nación neutral podía asistir al partido que esta considerara que tenía razón, siempre y cuando el dicho beligerante le pidiera ayuda. Por otro lado, Vattel también establecía que si dos naciones estaban en conflicto, una nación neutral podía, y era inclusive su deber, ayudar a la nación que hubiera entablado la guerra por una causa justa.12 Es decir que de acuerdo con la law of nations, en ambos casos los Estados Unidos tenían derecho de prestar auxilio a los hispanoamericanos sin hacer peligrar su neutralidad. Por lo tanto, ante el pedido de Aguirre, el gobierno estadounidense debía decidir si brindaría solo ayuda material, o únicamente reconocería la independencia de las Provincias Unidas, o si daría asistencia y reconocimiento. Y aquí las opiniones se dividieron. Que en su libro Vattel no tratara explícitamente la cuestión del reconocimiento de una nación a otra explica en parte la razón de tanta discusión.

Para aquellos que estaban en contra de la moción de Clay era necesario diferenciar el poder de reconocer del deber de hacerlo. "Que Estados Unidos tenga el derecho de reconocer cualquier gobierno es un axioma político. Que sea nuestro deber reconocer el gobierno de La Plata queda por probarse", protestaba John Forsyth.13 Su colega Alexander Smyth de Virginia agregaba que al gobierno no solo no le incumbía reconocer la independencia de las Provincias Unidas sino que tampoco debía emitir un juicio al respecto. En cambio, para los Westerners como Richard Johnson de Kentucky, se trataba de un deber para con los estadounidenses y por la libertad.14 En fin, el luisianés Thomas Robertson no entendía cómo la república del Norte podía negarles su apoyo a los otros gobiernos libres del hemisferio occidental.

Y suponiendo que se reconociera a las Provincias Unidas, ¿cómo se realizaría? Si se deseaba que progresaran, de nada servía reconocerlas sin enviarles también una ayuda sustancial. Esto opinaba Forsyth, quien acusaba a Clay de irrealista por no haber propuesto asistencia material a las Provincias Unidas. Pero al Speaker no le preocupaba tanto que lo caracterizaran de ese modo, sino el hecho de que el reconocimiento provocase a España. "El reconocimiento solo, sin ayuda, no era una causa justa de guerra. Con ayuda, sí lo era", sostenía Clay.15 La historia, según él, le daba la razón: Gran Bretaña le había declarado la guerra a sus colonias cuando Francia asistió a los patriotas norteamericanos. Por el contrario, cuando las Provincias Unidas de los Países Bajos se independizaron de España en 1581, el conjunto de naciones reconoció dicha independencia sin que jamás el monarca español les declarara la guerra.16 Sin embargo, Forsyth estaba convencido de que las naciones considerarían al reconocimiento como causa justificada de guerra contra los Estados Unidos. En definitiva, los estadounidenses no lograban determinar qué lado tenía justa razón, si España o los Estados Unidos. Esto en parte se debía a que Vattel no explicitaba en los capítulos sobre la guerra que el reconocimiento de la independencia de una colonia por parte de una nación neutral podía ser causa posible de guerra justa entre esta y la madre patria.17 Dada esta dificultad, el asunto no podía ser resuelto "in the eye of reason", sostenía Forsyth, sino según "the opinion of nations".18 Esto significaba en la práctica que la solución residía en permanecer atento a la disposición e intenciones de España para con los Estados Unidos más que en dejarse guiar por los principios de derecho internacional.

El debate sobre el reconocimiento también planteó la cuestión de la soberanía de las Provincias Unidas. ¿Eran lo suficientemente soberanas para que los Estados Unidos pudieran reconocerlas? En Le Droit des gens se leía que dos naciones podían firmar tratados de alianza, intercambiar cónsules y ministros plenipotenciarios, y negociar acuerdos comerciales. En efecto, una nación libre y soberana gozaba del derecho de comerciar con quienes desearan establecer y mantener tal intercambio. El libre comercio garantizaba la libre circulación de bienes, y, por ende, no era necesario, y tampoco se debía, otorgar privilegios especiales a las naciones con las cuales se comerciaba.19 El secretario de Estado cuestionaba entonces la resolución del Congreso de Tucumán que ofrecía ventajas exclusivas a la primera nación en reconocer la independencia de las Provincias Unidas. Esto, según Adams, equivalía a continuar dependiendo de la nación favorecida, o sea que se trataría de una independencia "incompleta". Y como contraejemplo citaba el de los Estados Unidos. En 1776, las colonias norteamericanas declararon su independencia, y dos años después, en 1778, firmaron un tratado de amistad y comercio con Francia. Por un lado, esto significaba que la independencia estadounidense había sido reconocida por otra nación soberana. Por otro lado, el acuerdo garantizaba la igualdad y la reciprocidad en lo comercial entre las dos naciones. Por ende, los Estados Unidos habían logrado la independencia completa. Adams recomendaba entonces que para lograr la emancipación total, las Provincias Unidas debían solicitar su reconocimiento al conjunto de naciones ofreciéndoles a todas por igual las mismas condiciones en los intercambios comerciales.20

Era también preocupante para el gobierno estadounidense el desafío a la soberanía que planteaban a las Provincias Unidas sus divisiones internas. Si Vattel definía una nación como un cuerpo político unido cuyo objetivo era promover los intereses comunes y la seguridad de sus miembros, ¿cómo entender la guerra entre las Provincias Unidas y la confederación de provincias secesionistas conducida por Artigas?21 Aguirre le había explicado al secretario de Estado que la mayoría de las provincias estaban representadas en el Congreso de Tucumán y que Artigas, a pesar de su oposición al gobierno de las Provincias Unidas, también luchaba por la independencia.22 Sin embargo, para Adams no era suficiente saber que los dos partidos en disputa compartieran una causa común justa. Por eso consideraba necesario que las Provincias Unidas solicitaran el reconocimiento de la independencia solamente de los territorios que controlaba efectivamente el gobierno. Únicamente si así lo hicieran, además de otorgarle a los Estados Unidos las mismas ventajas comerciales que a las naciones europeas, el presidente Monroe podía contemplar el pedido de Aguirre. De ahí que Adams enunciara el principio siguiente: una nación neutral podía ejercer el derecho de reconocer la independencia de una nación en el solo caso de que dicha nación fuese realmente soberana.23 Y a esto Clay añadía que los Estados Unidos reconocerían la independencia de las Provincias Unidas efectivamente soberanas porque consideraban que el soberano de hecho era el soberano de derecho.24

Finalmente la moción sobre el reconocimiento de la independencia de las Provincias Unidas no fue aprobada en el Congreso de los Estados Unidos. La victoria del grupo opositor fue por un amplio margen: 115 votos contra 45. El reconocimiento llegaría cuatro años después, en 1822, cuando la situación militar y política en América y España y la coyuntura internacional habían ciertamente cambiado en favor de los hispanoamericanos. Por una parte, habían quedado pocos focos realistas en América y la mayoría de las colonias americanas se habían declarado independientes. Por otra parte, el peligro de que la Santa Alianza (Prusia, Rusia y Austria) prestara ayuda a España para reconquistar su imperio había desaparecido. En fin, con la firma del Tratado transcontinental en 1819, los Estados Unidos y España ponían fin a los diferendos territoriales que los habían enfrentado desde 1783. El gobierno de Monroe tenía por lo tanto más libertad para llevar a cabo una política exterior abiertamente favorable a los hispanoamericanos. Este desenlace contribuyó sin duda a que la historiografía alegara razones geopolíticas para explicar por qué el presidente Monroe decidió recibir a las repúblicas hispanoamericanas en el conjunto de naciones antes de que lo hicieran los europeos. Sin embargo, descartar las cuestiones de derecho internacional introducidas en el debate sobre la South American Question implicaría minimizar la seriedad y la amplitud con que los estadounidenses discutieron el tema. E implicaría además olvidar la necesidad para los Estados Unidos de adaptar los principios que habían guiado su política exterior a nuevas circunstancias en un mundo aun más convulsionado que el de fines del siglo XVIII. La redefinición de esos principios significaba volver a las fuentes: las lecturas de Emer de Vattel funcionaron a modo de brújula para los estadounidenses durante el tiempo inestable de las revoluciones hispanoamericanas. En Le Droit des gens, Vattel no trata explícitamente el acto de reconocer la emancipación de una nación. Pero al explayarse sobre los temas de la formación de una nación soberana y de sus relaciones con otras naciones, y sobre la guerra y la paz, los estadounidenses pudieron tomar de los capítulos correspondientes las ideas y los principios que les fueran útiles para dar claridad y coherencia al debate en un momento de confusión e indecisión tanto en las Américas como en Europa.25 Esto los condujo a consultar el tratado de derecho internacional tal como lo esperaba Vattel: "Pienso que habré logrado mucho si mis principios son aprobados por sólidos, luminosos y suficientes que permitan a personas inteligentes dar una respuesta correcta a cualquier pregunta mínima que surgiese en casos particulares".26

 

1 American State Papers, Foreign Relations, IV, p. 176; John Q. Adams, Memoirs, IV, p. 30. En 1817, Aguirre no había recibido la orden de pedir el reconocimiento de las Provincias Unidas. La recibe del Director Supremo de las Provincias Unidas Juan Martín de Pueyrredón en marzo de 1818. Samuel F. Bemis, Early Diplomatic Missions, from Buenos Aires to the United States, 1811-1824,Worcester, American Antiquarian Society, 1940, pp. 41-51, 55 y 58.

2 James Monroe, The Writings of James Monroe, edición de Stanislaus M. Hamilton, Nueva York, G. P. Putnam's Sons, 1902, VI, p. 31 (traducción de la autora). Las cues­tiones planteadas eran: "1. Has the Executive power to acknowledge the independence of new States whose independence has not been acknowledged by the parent country, and between which parties a war actually still exists? 2. Will the sending, or receiving a minister to a new State under such circumstances be considered an acknowledgement of its independence? 3. Is such an acknowledgement a justifiable cause of war to the parent country? 4. Is it expedient for the U.S. at this time, to acknowledge the independence of Buenos Ayres, or of any other part of the Spanish dominions in America now in a state of revolt?"

3 Los sureños también temían que el reconocimiento de las repúblicas hispanoamericanas que implementaban medidas contra la esclavitud despertaría en los numero­sos esclavos del Sur el deseo de liberarse. Pero el espec­tro de una rebelión de esclavos como había ocurrido en la colonia francesa de Santo Domingos a fines del siglo XVIII atemorizaba menos a los Westerners porque la pe­culiar institution, como llamaban los estadounidenses a la esclavitud, estaba menos arraigada en el Oeste que en el Sur. Este miedo, que no fue expresado como tal en la South American Question, existía, como lo comprueban otros debates contemporáneos.

4 Daniel Howe, What Hath God Wrought. The Transformation of America, 1815-1848, Nueva York, Oxford University Press, 2007, pp. 63-95.

5 A fines de los años 1790, el influyente secretario del Tesoro del gobierno de George Washington, Alexander Hamilton, sostenía una opinión contraria. Para Hamilton, los Estados Unidos no tenían ninguna obligación para con Francia ya que el tratado no se había firmado con la nación francesa sino con el monarca Luis XVI. Al ser ejecutado el rey, el tratado por tanto caducaba automáticamente. Daniel Lang, Foreign Policy in the Early Republic: the Law of Nations and the Balance of Power, Baton Rouge, Louisiana State University, 1985, p. 96.

6 Emer de Vattel, Le Droit des gens. Ou Principes de la loi naturelle, appliqués à la conduite et aux affaires des nations et des souverains, Londres, 1758. Las primeras traducciones al inglés de esta obra se remontan a fines del siglo XVIII. En los Estados Unidos Vattel fue leído en francés y sobre todo en inglés. Para este artículo se ha consultado el original en francés y una versión reciente en inglés que se cita aquí: The Law of Nations, or Principles of the Law of Nature, Applied to the Conduct and Affairs of Nations and Sovereigns, edición de B. Kapossy y R. Whatmore, Indianapolis, Liberty Fund, 2008.

7 Vattel, The Law of Nations, op. cit., III, XVIII, pp. 644- 645; I, IV, pp. 104-105.

8 Henry Clay, The Papers of Henry Clay, edición de James F. Hopkins, Lexington, University of Kentucky Press, 1961, 2, pp. 517-518.

9 Vattel, The Law of Nations, op. cit., III, XVIII, pp. 648 649; IV, p. 109.

10  Ibid. El libro III trata sobre todos los derechos y deberes de las naciones en tiempo de guerra.

11  John Q. Adams, Writings, op. cit., VI, p. 30. William R. Manning, Diplomatic Correspondence, I, pp. 7678. Se trata de las leyes de neutralidad de 1794, 1797 y 1817.

12  Vattel, The Law of Nations, op. cit., III, XVIII, p. 6-49; III, VII, p. 5-24.

13  Ibid., p. 15-17.

14  Ibid., pp. 15-77 y 15-58.

15  Clay, Papers, op. cit., 2, p. 525.

16  Ibid., pp. 525-526.

17  Se trata del Libro III.

18  Ibid., p. 1518. "In the eye of reason or in the opinion of the nations": Según la razón o de acuerdo con la opinión de las naciones.

19 Vattel desarrolla los temas de tratados en el Libro II, en los capítulos XII a XVII, el de intercambio de cónsules y embajadores en el Libro iv, capítulos iv y v, y el de co­ mercio en el Libro II, capítulo II, de Le Droit des gens.

20 Adams, Writings, op. cit., VI, 517-520; Memoirs, IV, 41.

21  La Unión de los Pueblos Libres, también llamada la Liga Federal, estaba constituida por las provincias de Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, la Provincia Oriental y los pueblos de Misiones.

22  Manning, Diplomatic Correspondence, I, pp. 6061, 376-377.

23  Ibid., pp. 442443.

24  Clay, Papers, op. cit., 2, p. 526.

25 Los cuatro temas corresponden a las cuatro libros que componen Le Droit des gens.

26 Vattel, The Law of Nations, op. cit., IV, IX, p. 745.

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